La Audiencia Nacional rechaza entregar a Falciani a Suiza
Considera que ya se rechazó su entrega por los mismos hechos cuando se determinó que el delito imputado no existe en España
Los tiempos de la justicia no suelen coincidir con los de la sociedad. Pero en algunos casos, como el relativo al informático Hervé Falciani, esa diferencia temporal se acentúa, porque cuando se produjo su detención el pasado 4 de abril todo apuntaba a que los hechos por los que Suiza le reclamaba eran los mismos por los que su entrega ya fue denegada en 2013. Este martes la Sección Segunda de lo Penal de la Audiencia Nacional lo ha declarado en un auto: Falciani no será extraditado a Suiza por cosa juzgada, o ya resuelta, y por no darse el principio de doble incriminación, motivo por el que se rechazó la entrega en aquella ocasión.
Que la reclamación versaba sobre los mismos hechos por los que se había denegado su entrega ya fue apuntada por fuentes fiscales desde el mismo momento de su detención: Suiza le reclamaba para cumplir una sentencia de noviembre de 2015, impuesta en rebeldía, de 5 años de cárcel por haberse apropiado de los datos de 120.000 clientes del banco HSBC Suiza, unos datos con los que en España se han podido abrir un buen número de procedimientos judiciales contra defraudadores fiscales.
Suiza considera que su actuación se corresponde con el delito de espionaje financiero agravado, pero ese delito no existe en nuestra legislación, por lo que no se cumple el requisito de doble incriminación que rige este tipo de entregas. Para hacer más elocuente que la segunda petición de extradición se correspondía con la primera a la sentencia de cinco años que debía cumplir, las autoridades helvéticas le descontaban 170 días de cumplimiento, por el tiempo que Falciani estuvo preso en España por el primer requerimiento.
Pese a lo manifestado por fuentes fiscales en un primer momento, cuando Falciani llegó a la Audiencia Nacional el teniente fiscal de la Audiencia Nacional, Miguel Ángel Carballo, pidió prisión para él, lo que alimentó la sospecha que el sorpresivo arresto del analista del HSBC, que lleva años residiendo en España, ya había producido: que estaba relacionada de alguna forma con la euroorden cursada entonces contra la secretaria general de ERC, Marta Rovira, que huyó a Suiza. Tras comparecer en la Audiencia Nacional, el juez Diego de Egea optó por imponerle férreas medidas, que incluían la prohibición de que abandonara el municipio en el que reside, aunque se le levantó apenas 20 días después.
Una vez estudiada la documentación remitida por las autoridades helvéticas y comprobado que la reclamación se correspondía a la misma petición que se había cursado y había sido rechazada por auto de 8 de marzo de 2013, la fiscalía de la Audiencia Nacional pidió que la nueva extradición fuera también rechazada, criterio que ha seguido la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional.
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