El Supremo rechaza la recusación del tribunal que juzgará el 'procés'

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Ángeles Vázquez

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La Sala del 61 del Tribunal Supremo no ha tenido dudas. En una reunión de apenas dos horas los 13 magistrados que la formaron decidieron por unanimidad que las recusaciones presentadas contra los jueces que juzgarán la causa abierta por rebelión, malversación y desobediencia carecían de fundamento. Por eso rechazó, sin siquiera admitir a trámite, las interpuestas por tres de los huidos, el expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont y los 'exconsellers' Clara Ponsatí y Lluís Puig, y desestimó las presentadas por todos los procesados presos, salvo el 'exconseller' Joaquim Forn.

La Sala especial del alto tribunal -formada por su presidente, Carlos Lesmes, los de sus cinco Salas y el magistrado más antiguo y el más moderno de cada una, a excepción de los recusados- dará a conocer en los próximos días sus argumentos en un auto. La diferencia entre los rechazos se debe básicamente a que los huidos ni siquiera serán juzgados por el tribunal impugnado, al no estar a disposición de la justicia española.

La fiscalía del Supremo se había opuesto a las 11 recusaciones al entender que solo pretendían dilatar el procedimiento para retrasar el juicio, al ser práctica habitual del alto tribunal que la sala juzgadora esté formada por los magistrados que admitieron la querella que dio origen a la causa. También se puso en duda la imparcialidad de Antonio del Moral, aunque él se incorporó con posterioridad en sustitución del exfiscal general del Estado Julián Sánchez Melgar. Además, se sumarán Ana Ferrer y Andrés Palomo para formar un tribunal de siete jueces. 

Concretar la acusación

Una vez rechazada la recusación, se retoma la tramitación de la causa. La fiscalía ya pidió en agosto la apertura de juicio oral, al entender, a diferencia de las defensas, que no quedan pruebas por practicar. El ministerio público tiene aún que presentar su escrito de calificación, lo que no se prevé antes del día 20. Ahí se comprobará si los fiscales mantienen que hubo rebelión, aunque, según fuentes fiscales, previsiblemente el escrito incluya también como alternativa los delitos de sedición o conspiración para la rebelión.