RESOLUCIÓN JUDICIAL

Varapalo judicial a Mònica Terribas por difundir movimientos de la Policía y la Guardia Civil

La jueza archiva el proceso contra la periodista, pero señala que "fue irresponsable desde el punto de vista ético"

Puigdemont, junto a Mónica Terribas, en Bruselas.

Puigdemont, junto a Mónica Terribas, en Bruselas. / periodico

J. G. Albalat

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Una jueza de Barcelona ha dado un varapalo a la periodista Mònica Terribas, conductora del programa 'El Matí de Catalunya Ràdio', por haber facilitado información de los movimientos de las dotaciones de la Guardia Civil y de la Policía Nacional el 22 de septiembre del 2017. Pese a archivar el proceso abierto, apunta que la locutora fue "irresponsable desde el punto de vista de la ética profesional".

La intervención de Terribas tuvo lugar dos días después de que agentes del instituto armado registraran la Conselleria d'Economia de la Generalitat en busca de pruebas sobre la organización del referéndum unilateral del 1-0 y la creación de las denominadas estructuras de Estado.

"La conducta de la investigada [Mónica Terribas] fue irresponsable desde el punto de vista de la ética profesional", señala la jueza. Apunta también que fue "generadora de riesgo para la población", si bien, por sí misma, "no es constitutiva de delito", sostiene la resolución judicial por la que se archiva el proceso abierto a raíz de una denuncia de la Unión de Oficiales de la Guardia Civil y a la que ha tenido acceso EL PERIÓDICO.

La titular del Juzgado de Instrucción número 14 de Barcelona, Cristina Ferrando, describe en  su auto que la periodista requirió ese día a los oyentes para que facilitaran información sobre los movimientos y ubicaciones de vehículos policiales, a la vez que ofreció detalles de los puntos en los que se encontraban y el número de coches y furgonetas.

En dos momentos del programa, incide la magistrada, facilitó datos sobre la existencia de dispositivos policiales en un hotel de Figueres, donde, en fechas posteriores, se produjeron escraches que provocaron que los agentes allí alojados tuviera que abandonar el establecimiento.

La resolución también relata que la presentadora se "vanaglorió" de la respuesta obtenida de los oyentes, calificando la petición que ella había realizado para lograrla como "ejercicio muy divertido".

Situación de riesgo

La jueza sostiene que esa "conducta generó una situación de riesgo para la actuación de los diferentes dispositivos policiales, así como para las tareas que realizaban los agentes que circulaban en los vehículos policiales identificados". Incide que "no debe olvidarse" que las funciones que tienen encomendadas los diferentes Cuerpos de Seguridad del Estado están destinadas a la persecución de "todo tipo" de delito, siendo "especialmente relevante" su participación en operativos antiterroristas y contra el crimen organizado.

Y recuerda que la situación es de alerta 4 antiterrorista y que "tanto la Policía Nacional como la Guardia Civil tienen competencias en Catalunya mucho más amplias que las relacionadas con las actuaciones del 1-0".

En este mismo sentido, la resolución subraya que al desconocer Terribas cuáles eran las funciones policiales concretas que, con su requerimiento a los oyentes "parecía querer entorpecer", también ignoraba los "riesgos generados por dicha conducta". Unos riesgos que no solo lo eran para los propios agentes, "sino para toda la población", incluida la misma periodista, en la medida que las fuerzas de seguridad "se desenvuelven en cumplimiento de la legalidad y consisten en la persecución y evitación de los delitos". De ahí, que la jueza califique la actuación de la periodista de "irresponsable desde el punto de vista de la ética profesional".

Frivolidades en antena

La magistrada destaca, además, que la periodista "llegó a frivolizar" durante la emisión del programa cuando, "ignorando deliberadamente los riesgos que para las tareas policiales estaba generando con su conducta", calificó en antena "en tono jocoso" como "ejercicio divertido" la petición a los oyentes para que informaran de los movimientos de la Policía Nacional y la Guardia Civil.

"Ahora bien, la comisión de esa conducta generadora de riesgo para la población por la amplia difusión de que goza el mensaje emitido a través de una emisora de radio, si bien es contraria a la ética profesional de la investigada, por sí misma, no es constitutiva de delito". Y no lo es porque "no tiene encaje concreto en ninguno de los tipos previstos en el Código Penal", concluye la jueza.