REFERÉNDUM UNILATERAL

Un juez ve desproporcionada la carga policial en una escuela durante el 1-0

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J. G. Albalat

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El juez de Barcelona que investiga la carga policial en la Escola Mediterránea de la capital catalana durante la celebración del referéndum unilateral del 1-0 considera que la actuación de la Policía Nacional fue desproporcionada y podría ser constitutiva de delito. Por esta razón, el magistrado ha citado a declarar para el próximo el 5 de septiembre como imputados a dos agentes que participaron en el operativo.

El Juzgado de Instrucción número 7 de Barcelona admitió a trámite el pasado mes de febrero la querella presentada por los abogados del colectivo Iridia en nombre de varios denunciantes por un delito contra la integridad moral y otro de lesiones con uso de instrumento peligroso (porra). El juez acordó entonces imputar a los dos agentes, pero quedó pendiente la fecha para su interrogatorio que, al final, será el 5 de septiembre. Otras de las diligencias aceptadas y pendientes de practicar es la declaración del coordinador del operativo en toda Catalunya, el coronel Diego Pérez de los Cobos. El togado, además, requirió al Cuerpo Nacional de Policía para que aportara copia de las comunicaciones entre la central y los mandos.

El magistrado relata en el auto dictado ahora que a diferencia de otros colegios donde se produjeron cargas policiales, en la Escola Mediterrànea los agentes, según se puede observar en los videos aportados a la causa, se dirigieron de forma “directa hacia la multitud” y, “sin mediar palabra, advertencia o requerimiento alguno”, empezaron a “empujar” a las personas congregadas, iniciando un “situación violenta”  que fue aumentado. En las grabaciones, incide el juez, puede verse cómo algunos manifestantes caen al suelo tras ser empujados, como una persona tiene la cabeza ensangrentada y como un agente golpea con su porra en la cara a otros manifestantes.

Un monopolio que puede ser legítimo

La resolución resalta que si bien corresponde al Estado el monopolio del uso de la fuerza mediante las fuerzas de seguridad del Estado, su utilización solo es legítima siempre y cuando exista una justificación para ello y se realiza con la debida proporcionalidad. "En otras palabras, puede ser constitutiva de infracción penal aquella actuación policial claramente injustificada o carente de proporcionalidad", sostiene el juez.

El instructor detalla que en los videos de las cargas en la Escola Mediterrànea "no puede apreciarse la proporcionalidad exigida en el actuar, en conjunto, de los agentes policiales", al no haber efectuado “ningún intento de información, advertencia o mediación” antes de su intervención, tal y como sí se hizo en otros colegios durante la celebración del referéndum. Esta actuación “directa” contra las personas congregadas, "que no tenían ninguna obligación" de saber que la justicia había ordenado impedir la consulta, provocó un “elevado” número de heridos. De entre los lesionados, había una persona de 82 años.