EL ACERCAMIENTO DE LOS INDEPENDENTISTAS ENCARCELADODS

Juristas recuerdan que es Interior quien puede trasladar a los presos

el ministro de interior

el ministro de interior / periodico

Juan José Fernández

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El ministro Fernando Grande-Marlaska tiene la potestad en el acercamiento de presos, y no el juez Pablo Llarena, según todas las fuentes judiciales consultadas. En la Ley de Enjuiciamiento Criminal, una de las biblias que acompañan a todo juez instructor, no hay un artículo que disponga que es el juez quien decide dónde ha de estar recluido un procesado en prisión preventiva. Por eso a no pocos de los juristas consultados les desconcierta la alusión que al poder judicial ha hecho la ministra de Política Territorial, Meritxell Batet, entrevistada por el director de EL PERIÓDICO el pasado sábado 9, cuando dijo: "Vería con buenos ojos el acercamiento a Catalunya [de los políticos encarcelados], pero es decisión del juez".

"El juez que instruye un sumario decide si un investigado ha de estar recluido durante la investigación, pero no dice nunca dónde", explica un veterano magistrado que pide el anonimato para no contestar a la ministra. Más gráficamente lo explica el portavoz de la asociación judicial Francisco de Vitoria, el extremeño Raimundo Prado, hoy juez de lo contencioso, pero durante 18 años juez instructor: "Donde se ingresa a un preso preventivo no es potestad del juez; lo que sí es potestad del juez es ordenar a las fuerzas de seguridad que ese preso esté presente en el juzgado tal día a tal hora".

El juez tiene la capacidad de ordenar la prisión provisional, pero una vez decretada esa prisión, es la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias -dependiente en última instancia del Ministerio del Interior- la que decide el lugar (otra cosa es el centro de cumplimiento de condena). Y en esa decisión influyen variables como la seguridad, pero la principal es la cercanía del preso... al juez: "La lógica operativa aconseja que sea en un centro próximo al juez que instruye -explica una fuente no oficial de Prisiones-, porque este debe poder contar con el procesado lo antes posible si lo requiere para tomarle declaración o practicar pruebas". 

Esa es la razón que explica, por ejemplo, y solo en parte, cómo es que siendo Catalunya una de las comunidades donde se detiene a más yihadistas, no haya terroristas en prisiones catalanas. Los delitos de terrorismo los instruye la Audiencia Nacional, con sede en Madrid. La otra parte de la explicación es solo oficiosa: las prisiones catalanas no están bajo control del Ministerio del Interior, sino de la Generalitat.

La negativa del instructor

El juez sí tiene capacidad de veto sobre una decisión externa a la instrucción si esa decisión puede dañar la investigación (riesgo de fuga, alteración de pruebas, reiteración del delito...) o los derechos del preso, pero siempre a través de un auto motivado.

Por la necesidad de cercanía al juzgado de instrucción, los Jordis, Carme Forcadell y seis 'exconsellers' esperan juicio en prisiones de los alrededores de Madrid: Alcalá, Soto del Real y la más alejada del Tribunal Supremo, Estremera, a tres cuartos de hora de coche.

Para un acercamiento a Catalunya, los juristas consultados ponen la patata en manos del Gobierno. Cualquier decisión sobre un acercamiento de los internos catalanes a Barcelona partiría de Instituciones Penitenciarias. "El juez, en último caso, puede vetarla", explica Andreu Van den Eynde, abogado del exvicepresidente del Govern Oriol Junqueras y del 'exconseller' Joaquim Forn. Por eso, el pasado 27 de abril este letrado dirigió a Instituciones Penitenciarias, y no al juez Llarena, la carta de Junqueras pidiendo traslado a una prisión catalana.

Y para explicarlo cita Van den Eynde el auto del juez del Supremo del 12 de enero pasado, negando el permiso a Junqueras para acudir al Parlament: "El juez desautoriza el traslado explicando: 'Sin perjuicio de lo que pueda disponer Instituciones Penitenciarias'".

El papel de la fiscalía

Si el Gobierno decide acercar presos, no cuenta con la fiscalía para ello. No es su materia. "Un traslado de prisión es una decisión extraprocesal; no se refiere a los hechos", explica el portavoz de la Asociación Progresista de Fiscales, Emilio Fernández. Este fiscal niega la posibilidad de que el Ejecutivo utilice al ministerio público como instrumento para instar un acercamiento de presos. "No cabe en nuestra cabeza que el Gobierno inste, recomiende, aconseje o pida un cambio de postura de la fiscalía. La fiscalía actúa con sus propios criterios", sostiene.

Si el ministro del Interior, y exjuez, ordenara a Instituciones Penitenciarias que buscara alojamiento en Catalunya a los políticos presos, podría encontrarse con que el juez Llarena no se opone. Desde su experiencia, el juez Prado recuerda: "Nunca he visto que un juez de instrucción vete una decisión de Instituciones Penitenciarias... salvo por alguna razón de salud del preso".