DEMANDA DE FOMENT

El TSJC sentencia que la huelga del 8-N fue legal

El tribunal desestima la demanda interpuesta por Foment del Treball contra Intersindical-CSC

Los manifestantes cortan las vías del AVE en la estación de Girona, durante la huelga general del pasado 8 de noviembre.

Los manifestantes cortan las vías del AVE en la estación de Girona, durante la huelga general del pasado 8 de noviembre. / JOAN CASTRO

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El Tribunal Superior de Justícia de Catalunya (TSJC) ha sentenciado que la huelga general del 8-N fue legal. De esta manera, el juez de la sala social del alto tribunal desestima la demanda presentada por la patronal catalana Foment del Treball contra Intersindical-CSC por considerar que el paro era por motivos políticos.

En el auto, el magistrado expone que la huelga no fue abusiva y que Intersindical-CSC tenía "legitimidad" para convocarla. Además, subraya que no hay pruebas de que la finalidad de la misma fuera "exclusivamente política".

El sindicato convocó el paro general en Catalunya en protesta por la "regresión de derechos sociales", la precariedad laboral y el decreto aprobado por el Gobierno que facilita el traslado de empresas afincadas en Catalunya a otras comunidades.

El paro tuvo lugar después del encarcelamiento de nueve 'exconsellers' y de los 'Jordis', así como de la aplicación del artículo 155 de la Constitución que supuso el cese en pleno del Govern de Carles Puigdemont.

Treball estudia recurrir la decisión

El abogado de Foment del Treball ha confirmado que estudiarán la sentencia. A este respecto, el letrado ha asegurado que "se solicitará seguramente un informe sobre la posibilidad de un recurso". Además, ha llamado la atención sobre la referencia que hace el TSJC a que se trató de una "huelga mixta".

A su juicio, la figura de una huelga mixta "es nueva" y "no está reconocida en el Real decreto ley de 1977", que versa sobre las relaciones del trabajo y el derecho de huelga.