El TC advierte de que intentar investir Puigdemont será "nulo"

El Tribunal Constitucional

El Tribunal Constitucional / sb

Ángeles Vázquez

Por qué confiar en El PeriódicoPor qué confiar en El Periódico Por qué confiar en El Periódico

El pleno del Tribunal Constitucional se ha tomado su tiempo para pronunciarse sobre la impugnación del Gobierno contra la designación como candidato de Carles Puigdemont a presidencia de la Generalitat. Tres meses después de vetar la investidura a distancia, como medida cautelar, el alto tribunal ha decidido admitir a trámite por unanimidad el recurso para pronunciarse sobre el fondo, pese a aquel intento se neutralizó y una futura candidatura de Puigdemont se encuentra en el terreno de las especulaciones. La resolución advierte de cualquier intento de vulnerar su veto a la investidura telemática será "nulo", lo que incluye cualquier modificación legislativa para facilitarla.

El recurso del Gobierno, que fue tachado de prematuro por el Consejo de Estado, pedía la suspensión automática de la disposición recurrida. El Tribunal, tras oír a las partes personadas, considera que, aunque el presidente del Parlament, Roger Torrent, dejara sin efecto designara un nuevo candidato, la impugnación plantea cuestiones de interés general que justifican que no se declare la extinción del referido proceso constitucional y que deba ser estudiada.

El Constitucional aprecia que las dudas iniciales que pudieron existir acerca de la viabilidad procesal de la impugnación quedaron objetivamente despejadas por la decisión de Torrent de aplazar la sesión de investidura hasta que el tribunal se pronunciara sobre la admisibilidad de la impugnación. Esta decisión puso de relieve que la propuesta de candidato para la investidura impugnada podía no resultar compatible con las medidas cautelares adoptadas de vetar la investidura telemática.

Sin valor ni efecto

El tribunal da ahora un plazo de 20 días al Parlament, por conducto de su presidente, y a las partes personadas para que puedan formular las alegaciones que estimen convenientes. Además, "declara radicalmente nulo y sin valor ni efecto alguno cualquier acto, resolución, acuerdo o vía de hecho que contravenga la suspensión acordada". 

La resolución se notifica personalmente a Torrent y el resto de miembros de la Mesa de la Cámara y les advierte de su "deber de impedir o paralizar cualquier iniciativa que suponga ignorar o eludir la suspensión acordada", así como que "se abstengan de iniciar, tramitar, informar o dictar, en el ámbito de sus respectivas competencias, acuerdo o actuación alguna que contravenga la expresada suspensión, apercibiéndoles de las eventuales responsabilidades, incluida la penal, en las que pudieran incurrir en caso de no atender este requerimiento". 

Abogado de oficio

Por su parte, el juez del Tribunal Supremo Pablo LLarena ha dictado una providencia para reclamar a las autoridades belgas que tomen declaración a los procesados en la causa del “procés” Meritxell Serret y Antoni Comín para que designen abogado y procurador en España, ante su negativa a personarse en el Tribunal Supremo.

El magistrado les advierte de que en caso de que no designen a uno de su confianza, como hasta ahora ha sido Gonzalo Boye, en el plazo de cinco días, se nombrará uno de oficio. También les ofrece la posibilidad alternativa de que sean trasladados temporalmente a España para realizar ese trámite.