AUDIENCIA NACIONAL

Trapero y la excúpula de los Mossos, procesados por sedición

Pere Soler y Josep Lluís Trapero, el 28 de septiembre en Barcelona.

Pere Soler y Josep Lluís Trapero, el 28 de septiembre en Barcelona.

Ángeles Vázquez

Por qué confiar en El PeriódicoPor qué confiar en El Periódico Por qué confiar en El Periódico

Tras el procesamiento por el Tribunal Supremo de los líderes del 'procés' era cuestión de tiempo que la jueza de la Audiencia Nacional Carmen Lamela procediera en el mismo sentido contra el mayor de los Mossos Josep Lluís Trapero. Pero su auto no coincide plenamente con el del alto tribunal en los delitos a que da lugar un relato de cómo se intentó declarar la independencia de Catalunya prácticamente idéntico. Donde el Supremo ve rebelión, malversación o desobediencia, la magistrada considera que hubo sedición y organización criminal.

Lamela propone juzgar a Trapero por este delito y por dos sediciones, la del 20 y 21 de septiembre y la del 1 de octubre, mientras que al exdirector de los Mossos Pere Soler y al exsecretario general de Interior César Puig solo por la relativa al 1-O y como miembros de una organización criminal, liderada por el expresidente catalán Carles Puigdemont. La intendente Teresa Laplana solo ha sido procesada por las protestas ante la Conselleria d'Economia. Para la jueza, en esos dos episodios hubo sedición, que no exige violencia, porque hubo un alzamiento para impedir la aplicación de las leyes y las funciones de autoridades con el fin de declarar ilegalmente la independencia. 

El auto explica que los indicios recabados permiten concluir que los procesados actuaron como miembros de "una compleja y heterogénea organización", que desde las elecciones de 2015 compartió el propósito de lograr la secesión de Catalunya, al margen de las vías legales “alterando de esta forma la organización política del Estado y con ello la forma de Gobierno”. 

Obstruir lo contrario al plan

La magistrada describe el reparto de papeles que hubo entre autoridades gubernamentales, parlamentarias y civiles para llevar a cabo la secesión, aunque ella se centra en la utilización ilegal de los Mossos. Según el auto, su conducta se dirigió “a obstruir cualquier actuación que bloquease el plan estratégico hacia la independencia”, siguiendo una pauta anunciada públicamente por sus responsables políticos: el 'exconseller' Joaquim Forn, Soler y Puig.

Así, el 1-O, la cúpula policial de los Mossos, comandada por Trapero, tuvo una "total inactividad", “enmascarada bajo los principios de proporcionalidad, congruencia y oportunidad". Esa omisión, al incumplir su obligación legal de actuar, es lo que hace a sus responsables autores o cooperadores necesarios de la sedición cometida, según la resolución.

Ante la sede de Economía no evitaron que "la muchedumbre, de forma pública, llegara a concentrarse tumultuosamente" y, “con la fuerza coactiva e intimidatoria que proporciona una multitud hostil a la posible acción policial" se trató de "impedir o dificultar gravemente el cumplimiento de la orden judicial de registro”. Y el 1-O no solo no dieron cumplimiento al mandatojudicial sino que fueron más allá, “propiciando que sus planes de actuación fueran conocidos por los ocupantes de los colegios facilitando que estos pudieran preparar los escenarios que llevarían a los Mossos a no actuar, obstruyendo a los agentes policiales, dispuestos realmente a cumplir aquella orden judicial, espiando y controlando sus acciones”.

Ojeadores civiles

En su relato, la magistrada destaca comunicados en los que mossos informan de que habían situado “ojeadores” (civiles) para que avisaran de la llegada de las Fuerzas de Seguridad. No sólo se trataba de informar de lo que hacían policías y guardias civiles “sino de una auténtica vigilancia, siguiendo sus desplazamientos. Incluso se ordenaba a todas las patrullas que cesasen en sus comunicados para dar prioridad a la transmisión de información sobre estos extremos", destaca la jueza. 

También tiene en cuenta las intervenciones telefónicas que reflejan la actividad de la cúpula de los Mossos para hacer “totalmente ineficaz” la intervención de los agentes: se retrasó la hora de entrada de servicio, el dispositivo previsto era insuficiente para cumplir las órdenes dadas y se utilizó el código 'Clave 21' en un canal alternativo para comunicar lo que no debía transmitirse por la emisora oficial. 

El auto se apoya en la documentación que los mossos trataron de destruir en la incineradora y en las declaraciones del coronel Diego Pérez de los Cobos y de un testigo protegido. Este señaló que se dio la orden genérica de “total pasividad, incluso" si los guardias civiles eran "agredidos por la gente congregada”.