POLÉMICA LINGÜÍSTICA
Los Mossos sancionan por falta grave a un agente que se negó a vetar el castellano
El sancionado alega que la inhabilitación es "ilegal" y que el catalán puede ser "preferente" pero no "excluyente"
Los Mossos d'Esquadra han propuesto una sanción de 16 días de suspensión de empleo y sueldo por una falta grave de respeto al agente de la policía catalana que se opuso a utilizar siempre el formulario en catalán de los atestados, como le ordenó su superior, porque vetaba el uso del castellano.
Según ha adelantado el periódico 'El Mundo' y han confirmado a la agencia Efe fuentes cercanas al caso, la División de Asuntos Internos (DAI) ha concluido que el agente no mantuvo la "consideración debida" a su mando, el jefe de la Oficina de Atención al Ciudadano de Sant Andreu, Barcelona, al expresarle su negativa a cumplir la orden que dictó en el 2009 sobre el uso de idiomas en los atestados policiales.
Sanción "ilegal" y veto parcial al castellano
El agente, que ha recurrido a esta propuesta de sanción, se opuso a la instrucción interna elaborada por su superior, alegando que era "ilegal", ya que afectaba el derecho de uso de las lenguas oficiales porque suponía, a su juicio, un veto parcial para el castellano.
La orden interna, cuyo contenido no entra a valorar la resolución de la DAI, establecía que los atestados, a excepción de los casos de extradición o las ampliatorias instruidas fuera de Catalunya, tenían que hacerse "siempre en catalán" y que, si el denunciante hablaba en castellano, el mosso debía escribir sus manifestaciones en ese idioma, pero no así el encabezamiento de las diligencias, ya que el modelo de atestado debía ser en catalán.
Según concluye la DAI, pese a que las discrepancias del agente que eran "plenamente legítimas" respecto de la orden interna redactada por el sargento jefe de la oficina de Sant Andreu en noviembre del 2011, "esta circunstancia no justifica en ningún caso que por esta controversia hubiese menospreciado la consideración debida a su mando".
El agente cuestionó la autoridad de su superior
"Con su conducta desafiante creó una situación hostil, porque cuestionó su autoridad ante otros con exigencia y soberbia que perduró en el tiempo", remarca el atestado que detalla que el agente exigió al sargento que le diera la orden verbalmente en presencia de testigos y posteriormente elaboró notas informativas en las que anunció que no cumpliría la instrucción.
En contra de lo que sostiene la defensa del agente, Asuntos Internos considera que el mosso inculpado faltó a la consideración debida a su superior, "sin que se pueda obviar que dentro del cuerpo de Mossos d'Esquadra la consideración hacia los compañeros, los subordinados, los superiores jerárquicos y los ciudadanos es un valor caudal y la esencia del comportamiento de los miembros de esta organización".
"El agente inculpado, con su conducta, desprestigió a su mando, por un lado, cuando ante testigos le exigió de forma desafiante que le volviera a repetir la orden y, por otro, dirigió dos notas informativas a sus mandos en las que dejó por escrito su desafío y desconsideración", sostiene el informe.
Por el contrario, el mosso d'esquadra, representado por los abogados Javier Aranda y Sandra Melgar, especializados en materia penal y función pública, ha interpuesto un escrito de alegaciones en el que asegura que su expediente "no es más que una estrategia por parte de la DAI para sancionarle" por su oposición a la instrucción.
"Se pretende ocultar y no tratar la existencia de una orden ilegal e ilegítima por parte del sargento, basada en un comunicado interno que obligó al agente a tener que desobedecer una orden, y ser él quien defendiese los intereses de los ciudadanos y denunciados", argumenta el recurso.
Según el escrito, la DAI ha "obsequiado con un montaje de expediente" al agente en vez de agradecerle que descubriera y sacara a la luz "una práctica ilegal" por parte de su superior, "jugándose su dinero y su trabajo".
"Preferente pero nunca excluyente"
En sus alegaciones, el agente del cuerpo expone que el uso del catalán "puede ser normal y habitual, incluso preferente" en la administración pública catalana, "pero nunca excluyente", como cree que ocurría con el comunicado interno redactado por su superior en noviembre del 2009.
Además, asegura que "en ningún caso la obediencia debida podrá amparar órdenes que entrañen la ejecución de actos que manifiestamente constituyan delito o sean contrarios a la Constitución o a las leyes".
También esgrime que no se puede interpretar como una falta de respeto "intercambiar opiniones diferentes", por lo que pide que se archive el expediente, por inexistencia de falta de ningún tipo.
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