LA LACRA DE LA CORRUPCIÓN

La fiscalía de Madrid pide no juzgar al PP por el borrado de los ordenadores de Bárcenas

El ministerio público reclama así la aplicación de la doctrina Botín, puesto que el extesorero se retiró del procedimiento el pasado septiembre

El extesorero del PP Luis Bárcenas.

El extesorero del PP Luis Bárcenas.

El Periódico / Agencias

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La Fiscalía de Madrid pide no juzgar al PP y al resto de acusados en el caso de la destrucción de los discos duros de los ordenadores que Luis Bárcenas utilizó en la sede del partido. El extesorero se retiró del procedimiento el pasado septiembre y el ministerio público reclama ahora la aplicación de la denominada doctrina Botín, que establece que no se puede mantener un procedimiento judicial solo con la acusación popular.

El Juzgado de Instrucción número 32 de Madrid dictó el pasado 30 de noviembre la apertura del juicio oral contra el partido y su tesorera, Carmen Navarro, por un presunto delito de daños informáticos, y contra el director del sistema de informática del PP, José Manuel Moreno, y el abogado de la formación Alberto Durán por encubrimiento.

El ministerio público ha solicitado el sobreseimiento y archivo de la causa en reiteradas ocasiones por entender que los hechos investigados no revisten relevancia penal. Según afirma, no se ha acreditado que la información que contenían los discos duros fuera relevante para la investigación de la 'trama Gürtel' ni de ningún otro procedimiento judicial, ni que el borrado y formateo haya causado un daño grave al extesorero.

En su escrito, la fiscala Carmen Luciáñez considera, informa Efe, que no se han acreditado los delitos de daños informáticos y encubrimiento, por lo que "no existiendo infracción penal alguna" procede "dictar sentencia absolutoria".        

La jueza instructora señaló en el auto en el que dio por concluida la instrucción, el 26 de julio del 2016, que existían claros indicios de que los documentos del extesorero fueron eliminados "a conciencia mediante el sistema de borrado más drástico, el de sobreescritura de 35 pasadas y rallado hasta su destrucción física". 

El precedente

La fiscalía, no obstante, entiende que, dado que Bárcenas desistió de ejercer la acción penal, lo que conlleva la pérdida de su condición de acusación particular, las acusaciones populares carecen de legitimación para pedir la apertura de juicio oral. El PP ya intentó, sin éxito, obtener la aplicación la doctrina Botín para evitar sentarse en el banquillo, alegando igualmente que la única acusación particular personada en su momento, la del propio extesorero del partido, había desistido de seguir ejerciéndola y que el delito de daños informáticos era de carácter privado.