DICTAMEN JURÍDICO

El cese del Govern es inconstitucional según el Consell de Garanties

Los letrados del Parlament avalan en cambio la convocatoria de elecciones por Rajoy dentro del artículo 155

El hemiciclo del Parlament de Catalunya,visto desde la perspectiva de la presidencia.

El hemiciclo del Parlament de Catalunya,visto desde la perspectiva de la presidencia.

El Periódico

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El Consell de Garanties Estatutàries ha concluido que cesar el presidente de la Generalitat y todos los consejeros es inconstitucional porque "no respeta los principios de gradualidad ni de proporcionalidad".  "No era una medida necesaria o indispensable para lograr la finalidad perseguida por el artículo 155 de la Constitución", argumenta el dictamen pedido por tres diputados de JxSí de la diputación permanente del Parlament de Catalunya.

El dictamen del CGE, que representa a los letrados del Parlament, reafirma la inconstitucionalidad de la medida que ya advirtió en un anterior dictamen del pasado 26 de octubre, esta vez a petición del Gobierno y justo antes de que el presidente del gobierno español, Mariano Rajoy, anunciara el cese del Ejecutivo catalán en pleno.

El texto del CGE defiende que "habría sido posible implementar otras medidas menos restrictivas y a la vez compatibles con la eficacia de este mecanismo de coerción estatal". Los letrados ya protestaron contra las medidas implementadas por la presidencia del Parlament en el debate del 6 de septiembre y ante la DUI.

La conclusión fue aprobada por la mayoría de 7 votos a favor del CDE y uno en contra. En cambio, el órgano consultivo sí que considera que la decisión de Rajoy de convocar elecciones y disolver el Parlamento no vulnera el artículo 155 de la Constitución porque tiene cabida en la expresión de "medidas necesarias" de este artículo y se trata de una de las opciones "menos lesivas con el principio de autonomía política porque facilita la restitución llena del autogobierno en el plazo más breve".

Así mismo, el dictamen también considera constitucionales las medidas sobre la intervención de la función de impulso y control políticos del Parlamento en caso de que se interpreten con las "limitaciones" que indica el CGE.