PRIMERA SENTENCIA DE PÚNICA
Francisco Granados, condenado a dos años de cárcel por el chivatazo de la Púnica
El exconsejero fue informado por dos guardias civiles de que se le investigaba por corrupción
La sentencia resalta el "intenso" daño que produjo la filtración de las pesquisas

El exsecretario general del PP de Madrid Francisco Granados, al abandonar la Audiencia Nacional tras el juicio del ’chivatazo’ de la Púnica el 14 de noviembre del 2017. /
La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha dictado este lunes la primera sentencia del 'caso Púnica'. Es la relativa a un asunto secundario dentro de la trama corrupta, pero le ha supuesto su primera condena al exconsejero y exsecretario general del PP de Madrid Francisco Granados. La Sección Primera le ha impuesto dos años de prisión, al igual que al guardia civil José Manuel Rodríguez Talamino, por la filtración que recibió en 2014 el exdirigente madrileño de la investigación que se seguía sobre él por la 'Púnica'. Al guardia civil en excedencia José Luis Caro Vinagre se le ha condenado a un año y medio de cárcel.
La sentencia declara que el 'chivatazo' produjo un "intenso" daño tanto a la causa pública como al esclarecimiento de los hechos y sus autores, ya que permitió a los investigados la destrucción de pruebas y la ocultación del dinero ilegalmente obtenido. Respecto de Granados, que ha estado dos años y medio en prisión preventiva por Púnica, destaca las responsabilidades que tuvo como consejero de Interior y de Justicia de Madrid. Entiende que se trata de un personaje público que ha desempeñado cargos electos municipales (alcalde de Valdemoro -Madrid-), autonómicos (consejero) y estatales (senador), lo que supone que su conducta sea merecedora de "un especial reproche".
La resolución, que cuenta con un voto particular concurrente del magistrado Nicolás Poveda, le condena junto a Caro Vinagre por un delito agravado de aprovechamiento de secreto revelado por funcionario público y a Talamino por violación de secreto agravado. A este último también se le imponen cuatro años de inhabilitación especial para empleo o cargo público.
En las fiestas de Valdemoro
Los magistrados consideran probado que el 5 de septiembre del 2014, durante las fiestas de la localidad madrileña de Valdemoro, Rodríguez Talamino, que era experto en medios tecnológicos de seguimiento, alertó a Francisco Granados de que la UCO estaba actuando en la cercana localidad de Pinto y, en concreto, vigilaba el centro comercial Éboli, donde se encontraba el despacho del constructor David Marjaliza. Al día siguiente, a requerimiento de Granados, Caro Vinagre, que era asesor de seguridad de la Comunidad de Madrid desde que el primero fue consejero de Interior, buscó a Rodríguez Talamino para confirmar la información que había dado al exalcalde.
En ese encuentro, Talamino le contó que el Grupo de Delitos contra la Administración había puesto un dispositivo de captación de imágenes en la puerta del despacho de Marjaliza, para grabar a quienes acudieran a verle y "acreditar el pago de comisiones". Cuando le transmitió esta información a Granados, Caro Vinagre le dijo que ese cuerpo policial se dedicaba a investigar la corrupción.
Destrucción de documentos
Con esos datos, Granados le pidió a su exsocio Marjaliza que destruyera la documentación que le relacionaba con sus negocios. El empresario encargó a un subalterno que se deshiciera de cierta documentación, como facturas de regalos, el organigrama de sociedades y testaferros y los contratos en cuya adjudicación había mediado. Además, ocultó el dinero en metálico que guardaba en su caja fuerte, y en un altillo en casa de los suegros de Granados se halló un maletín con 922.000 euros en billetes de 500, 200 y 100.
Noticias relacionadasSegún la sentencia, a raíz de la filtración, "los investigados cambiaron sus conductas al saberse seguidos, dejaron de utilizar los teléfonos y cuando lo hacían, hablaban poco, dificultando las pesquisas sobre sus negocios. Además, se hizo imposible la recuperación de parte del dinero que procedía de las adjudicaciones de obras y servicios y de la retribución a autoridades locales y autonómicas".
En su voto, Poveda se muestra conforme con las penas impuestas, pero discrepa de los hechos probados, al no considerar acreditado el testimonio prestado por Marjaliza y su secretaria, Ana Ramírez, sobre la destrucción de la documentación en tres carritos de supermercado. Considera "significativo que aquello que les pudiera afectar de cara al proceso principal es negado o desvirtuado y lo que afecta a otros acusados, confirmado", lo que, en su opinión, les resta verosimilitud.
Hasta Estrasburgo
Francisco Granados recurrirá ante el Supremo la condena y llegará hasta el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, si hace falta, porque entiende que se han vulnerado sus derechos fundamentales. Considera que la sentencia deja <span style="font-size: 1.6rem;">"la puerta abierta abierta" a la casación porque los hechos probados no cumplen con los "requisitos de tipicidad" y las intervenciones telefónicas fueron "nulas". Su abogado</span><span style="font-size: 1.6rem;"> las consideró en el juicio "intervenciones en prospección" que infringen las reglas del control jurisdiccional. </span>
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