PROCEDIMIENTO JUDICIAL

La Audiencia Nacional se declara competente para investigar la sedición

Cuixart y Sànchez

Cuixart y Sànchez

Ángeles Vázquez

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La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional va una a una respaldando las decisiones adoptadas por la magistrada Carmen Lamela. Si el viernes anunció su aval a la prisión de los expresidentes de la Assemblea Nacional Catalana (ANC) y Òmnium Cultural, este martes ha hecho públicas dos resoluciones: en una declara la competencia de la Audiencia Nacional para investigar la sedición y en otra la solicitud de información bancaria de ambas entidades soberanistas.

Antes de que la fiscalía presentara sus querellas por rebelión -una de las cuales, la dirigida conta el depuesto Govern, fue acumulada por Lamela a la causa que ya había abierto por sedición-, tanto Sànchez como Cuixart recurrieron al entender que la Audiencia Nacional no es competente para investigar lo ocurrido en Barcelona los días 20 y 21 de septiembre.

Cuatro de los cinco magistrados de la Sección Segunda de lo Penal hacen suyos los argumentos de la jueza Lamela y declaran que el Juzgado Central de Instrucción número 3 es competente para investigarlo, "no porque los delitos de sedición con carácter general sean competencia de la Audiencia Nacional, sino porque el delito de sedición que en el caso concreto se trata de investigar puede atentar también contra la forma de gobierno". Este argumento sirve para augurar que ese será el criterio cuando la Sala revise la competencia de la Audiencia para la rebelión.

El único magistrado discrepante, José Ricardo de Prada, ha hecho público un voto particular en el que defiende que la investigación de la sedición corresponde a los juzgados de instrucción de Barcelona.

Subvertir el orden constitucional

Según la mayoría de la Sección, "los hechos investigados, valorados provisionalmente, no constituyen un hecho aislado, sino que responden a un estrategia diseñada por los máximos responsables institucionales del Govern y el Parlament, en connivencia con los dirigentes de colectivos de la sociedad civil como ANC y Òmnium, para subvertir gravemente el orden constitucional, desobedeciendo sistemáticamente al Tribunal Constitucional". 

También recuerda que cuando la Fiscalía presentó una decena de denuncias contra los ayuntamientos catalanes que suscribieron la declaración soberanista del Parlament, la Audiencia Nacional aceptó "sin objeción alguna la competencia del Juzgado para investigar" la sedición. No obstante esa iniciativa fiscal acabó archivándose.

En otra resolución, la Sala, con la misma mayoría, ha avalado la petición de información realizada por la jueza Lamela a los patronal bancaria sobre la ANC y Òmnium. En su auto, el tribunal cuestiona que haya sido Jordi Cuixart quien haya recurrido esta diligencia cuando el está investigado por su presumible responsabilidad penal, que no civil, y pese a ello "salga en defensa de quien ni siquiera está encartado". 

Sobradas razones

Según el auto, "hay sobradas razones para llevar a cabo la investigación" encargada por la magistrada, porque las posibilidades de que Òmnium Cultural "sea llamada al presente proceso, en exigencia de algún tipo de responsabilidad, como la civil subsidiaria, no son descartables". De ahí que la Sala no entienda vulnerado su derecho de defensa.

En otra resolución, el tribunal también ha avalado que la letrada de la administración de justicia (antes secretaria judicial) quede habilitada para acceder a través del punto neutro judicial a la base de la Agencia Tributaria y obtener cuantos datos obren sobre ANC y Òmnium.