Condenan a la exconcejal de Urbanismo de Erandio (Vizcaya) por un delito de prevaricación y absuelven al alcalde

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Permitió que una empresa del municipio ejerciera su actividad y proyectara obras sin contar con las preceptivas licencias

El Juzgado de lo penal número 2 de Bilbao ha condenado a siete años de inhabilitación especial para el ejercicio de cargo público a la exconcejal de Urbanismo del Ayuntamiento de Erandio (Vizcaya) Itziar Koba por un delito de prevaricación administrativa al permitir la actividad sin licencia de una empresa dedicada al reciclaje, mientras que ha absuelto al actual alcalde, Joseba Goikouria, que también estaba imputado en la causa, y al anterior edil responsable del Área, Asier San Nicolás.

Contra la sentencia, dada a conocer este lunes, cabe la interposición de un recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Vizcaya en el plazo de diez días.

Según ha quedado acreditado en el fallo, desde el año 2000 una empresa dedicada al reciclaje de residuos, ubicada en el municipio vizcaíno, ejerció su actividad y proyectó obras sin contar con las preceptivas licencias.

Todo ello, a pesar de que los propietarios de un solar colindante que habían solicitado a su vez permiso para instalar otro pabellón industrial presentaron en 2011 denuncia ante el Ayuntamiento contra la citada empresa por "ejercer su actividad sin tener la correspondiente licencia, solicitando la incoación de expediente y adopción de medidas cautelares".

De este modo, y dado que la administración no respondía a su solicitud y "no había recibido contestación alguna del Ayuntamiento a la denuncia administrativa presentada", interpusieron en 2014 una querella.

La sentencia reconoce que la querellante ha sufrido "un trato desigual por la administración ya que mientras su vecino de solar gozó de tolerancia de la administración para ejercer su actividad industrial a ella se le impidió iniciarla durante once años.

"Y después se le ha perjudicado directamente en su derecho de iniciar la actividad inspectora, no contestando a su legítima petición de apertura de expediente sancionador, obligándole a acudir a la vía judicial y después prolongando artificialmente un procedimiento", añade.

De este modo, condena a la exconcejal de Urbanismo, del PNV, Itziar Koba, como autora de un delito de prevaricación administrativa a la pena de 7 años de inhabilitación especial para el ejercicio de cargo público, además de tener que indemnizar a la querellante con 8.470 euros.

A juicio de la juez, "aun admitiendo que la denuncia inicial no le fuera trasladada, lo que no cabe alegar es desconocimiento de la demanda presentada por la querellante, cuando la demanda denuncia precisamente la falta de actuación de su departamento".

"No cabe despachar una demanda judicial con ligereza o como un mero trámite que deba ser despachado por los técnicos" como a juicio de la juez se deduce de las declaraciones de la acusada, y añade que el responsable municipal debe "conocerla, leerla y decidir".

Asimismo, acusa a la exedil de no dar la orden de actuar y recalca que "la decisión de esperar al resultado de la sentencia o más bien a que la denunciante desista de sus intenciones carecía de fundamento alguno y encubre mediante un ardid legal una decisión de no actuar".

"La inacción del Ayuntamiento fue consciente y tenía por finalidad eludir el cumplimiento de una obligación que por las circunstancias era incómoda para el Ayuntamiento", añade.

ABSUELVE AL ALCALDE

Por otro lado, absuelve al alcalde del municipio, del mismo partido, Joseba Goikouria, ya que aunque queda acreditado que conoció la demanda, pues "se reunía semanalmente con la concejal de Urbanismo y no dio la orden de actuar conforme a los técnicos decían" y añade que "queda la duda de si dicha actitud se debe a la desidia en el cumplimiento de sus obligaciones, al no querer saber o al voluntario y decidido no actuar".

Por todo ello, y dado que no era el "directo responsable sino que conocía el expediente por mediación de la concejala, en beneficio del reo", lo absuelve.

Por último, absuelve también al anterior concejal de Urbanismo, el jeltzale Asier San Nicolás y descarta su responsabilidad penal "ya que tan pronto tuvo conocimiento del escrito de la querellante solicitando información en noviembre de 2010, ordenó que la policía local informara por escrito lo que revela su intención aparentemente era incompatible con la misión dolosa".