LA LACRA DE LA CORRUPCIÓN

El fiscal pide que se eleve la condena a Urdangarin por el 'caso Nóos'

El hijo y la viuda de Luis de Sebastián, con Iñaki Urdagarín y la infanta Cristina, en el homenaje.

El hijo y la viuda de Luis de Sebastián, con Iñaki Urdagarín y la infanta Cristina, en el homenaje.

ÁNGELES VÁZQUEZ / MADRID / J. G. ALBALAT / BARCELONA

Por qué confiar en El PeriódicoPor qué confiar en El Periódico Por qué confiar en El Periódico

La Fiscalía del Tribunal Supremo ha recurrido este lunes la sentencia dictada por la Audiencia de Baleares contra Iñaki Urdangarin por la malversación de fondos cometida a través del Instituto Nóos. En su escrito, de 105 folios, pide que el exduque de Palma vea elevada su condena de 6 años y tres meses a 10 años de cárcel, al aplicarle de forma acumulativa dos de los delitos que constan en el escrito. La fiscalía también pide que se eleve la pena al resto de condenados por el 'caso Nóos'.

La fiscal Ángeles Garrido detalla la pena que debe imponerse al cuñado del rey Felipe VI de la siguiente forma: 5 años por prevaricación, en concurso con malversación y falsedad; 4 años y medio por malversación; 1 año por tráfico de influencias, y 2 más por fraude. El ministerio público no se pronunciaba sobre los 2 años de prisión que la Audiencia le impuso por delito fiscal.

Sumando todos ellos, el total ascendía a 14 años y medio de prisión, pero siete horas después de dar a conocer el recurso, el ministerio público precisaba que el ascenso total de pena para Urdangarin es de tres años y siete meses de cárcel hasta alcanzar los 10 años, porque las dos primeras penas deben aplicarse de forma alternativa y no acumulativa. La acusación pública sostiene que el marido de la infanta Cristina no solo debe ser condenado por la malversación de caudales del Fòrum Illes Balears del 2006, sino también por el del 2005 como delito continuado.

La fiscal argumenta la gravedad de los hechos, tanto por la cantidad sustraida del erario, como por el "entorpecimiento" producido ante la "falta de liquidez" que sufrían las entidades públicas afectadas. Sostiene que en los contratos entre el Instituto Nóos, del que Urdangarin fue directivo, y el Gobierno balear de Jaume Matas se prescindió "deliberadamente" del procedimiento administrativo adecuado".

Tampoco se justificó "su utilidad pública", a la vez que el precio de los servicios y su importe "fue impuesto unilateralmente" por el entramado de Diego Torres y el exduque de Palma. El recurso detalla que las autoridades y funcionarios públicos "se aprovecharon de su posición" para anteponer intereses privados y "satisfacer la voluntad de Urdangarin" a los públicos. Y agrega: "La contratación solo obedeció a la identidad de Urdangarin y exclusivamente en relación con su condición de yerno del entonces rey, Juan Carlos I.

Segun la Audiencia de Palma, Diego Torres se dedicaba a la dirección de la estructura de Nóos y el cuñado del Rey, al ámbito institucional y comercial, “proporcionando los contactos necesarios que, al más alto nivel, su privilegiado posicionamiento" le procurara, dada su "proximidad a la jefatura del Estado”. Ese estatus le permitía ejercer una “presión moral de entidad suficiente como para mover la voluntad de los funcionarios y autoridades”.

ABSOLUCIÓN Y ENTRAMADO SOCIETARIO

Para ello Urdangarin y Torres constituyeron “un entramado societario” alrededor del Instituto Nóos. El Gobierno balear empezó a contratar a sus empresas para la realización de proyectos, como los denominados Illes Balears Fórum 2005 y 2006, cuya adjudicación se efectuó prescindiendo de la tramitación legal aplicable. También cobró por la intermediación en el patrocinio de un equipo ciclista. Nóos percibió por los dos eventos 2,3 millones de euros. Ambos socios emitieron a través de sus sociedades 425 facturas. Urdangarin cobró a través de Aizoon 837.683 euros y Torres, con sus empresas, 838.566 euros. 

Iñaki Urdangarin fue el primer miembro de la realeza españolaIñaki Urdangarin que fue condenado por corrupción. En cambio, la infanta Cristina, acusada solo por el sindicato Manos Limpias, fue absuelta de dos delitos de fraude a Hacienda, aunque los magistrados le impusieron el pago de 265.088 euros en concepto de responsabilidad civil por haberse lucrado con el dinero conseguido por su marido. La Audiencia impuso al exduque de Palma seis años y tres meses de cárcel, siete años y un mes de inhabilitación y multa de 512.553 euros. Una condena muy por debajo de los 19 años de prisión que reclamaba la Fiscalía Anticorrupción.

La Audiencia de Palma destacaba en su sentencia  que la infanta Cristina “desconocía” y no era "consciente" de la existencia de “ilícitos penales (delito fiscal y malversación)" en las actuaciones de su marido y, por lo tanto, no participó “en su ejecución”. Tampoco ha quedado acreditado que participara en la "ocultación" de lo que debía declarar a fisco su esposo en el 2007 y el 2008. Por ello, se la absuelve de los delitos de fraude a Hacienda que le atribuía la acusación popular de Manos Limpias y por la que pedía cárcel.

El fiscal no acusaba a la infanta. No obstante, sí consideraban probado que, a pesar de que la infanta desconocía las acciones de Urdangarin, incorporó a su patrimonio dinero ingresado en las cuentas de la sociedad Aizoon (compartida con su esposo al 50%) que se había “ocultado y sustraído” a Hacienda, así como "la cantidad malversada" procedente del reparto de beneficios acordado entre Urdangarin y Torres.