El exalto cargo de la Junta de Andalucía no juzgará a Chaves y Griñán en el caso ERE
La Audiencia de Sevilla acepta la recusación del magistrado Pedro Izquierdo, presentada por el PP, y alega "apariencia de parcialidad"
La Audiencia de Sevilla ha aceptado la recusación presentada por el PP y el sindicato Manos Limpias contra el juez Pedro Izquierdo, elegido por sorteo para presidir el tribunal que enjuiciará a los expresidentes andaluces Manuel Chaves y José Antonio Griñán por la pieza política del 'caso ERE'. El tribunal entiende que el desempeño laboral de Izquierdo como secretario general de Justicia de la Junta de Andalucía entre el 2008 y el 2014 afecta a la “apariencia de parcialidad” exigida a la sala, especialmente con casos de relevancia social como los de corrupción política, por lo que el magistrado no formará parte por tanto del tribunal y habrá que elegir a un nuevo ponente entre quienes componen la Sección Primera, encargada del juicio.
Izquierdo fue designado ponente del juicio tras dos sorteossorteos, uno en el que se eligió la sala encargada de la vista y otro que seleccionó a los integrantes del tribunal que debe determinar si se cometieron los supuestos delitos continuados de prevaricación, malversación de caudales públicos y asociación ilícita por poner en marcha un sistema de ayudas al margen de la ley y con total discrecionalidad y opacidad. En aquel momento, el propio magistrado no vio problema en mantenerse en su puesto, dado que pese a que estuvo en la administración regional durante el mandato de ambos expresidentes no tuvo relación de ningún tipo con los encausados, según alegó. Así, entendía que podía ejercer “de forma responsable” sus obligaciones como magistrado.
CONFIANZA DE LOS CIUDADANOS
Tampoco la Fiscalía vio causa alguna de incompatibilidad, al estimar que “el mero hecho del desempeño de un cargo público en la Administración autonómica andaluza no es per se causa de abstención o recusación”. No obstante, solicitó al juez que analizase su etapa política y valorase si en razón de su cargo pudo conocer procedimientos administrativos similares a los enjuiciados que pudieran haberle formado una supuesta opinión en algún sentido.
El auto hace hincapié en la repercusión social del juicio, con delitos de corrupción política que implican a personas muy relevantes de la vida política andaluza durante años, por lo que entiende que “la confianza de los ciudadanos en la Administración de Justicia se puede ver afectada ante la mínima duda sobre la posible pérdida de imparcialidad de alguno de los miembros del tribunal sentenciador”. “De ahí que el examen sobre la imparcialidad ha de reforzarse escrupulosamente”, insiste, subrayando que su paso por los escalafones más elevados de la Junta “acarrearía dudas objetivamente justificadas sobre su imparcialidad, dada la relación de dependencia que mantuvo el magistrado ponente con alguno de los acusados, la confianza que en él depositaron para nombrarle para un cargo de gran responsabilidad en la Junta de Andalucía y para mantenerle en él durante más de cinco años”. Todo ello, concluye el tribunal “genera una justificada percepción de cercanía, confianza y proximidad”.
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