ACCIÓN JUDICIAL CONTRA UN DIRIGENTE POPULAR

Las víctimas del franquismo piden amparo al Constitucional por las "injurias" de Rafael Hernando

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"Las víctimas del franquismo solo se acuerdan de sus padres cuando hay subvenciones". Lo afirmó el pasado noviembre el diputado del PP Rafael HernandoPP Rafael Hernando en un debate en 13TV sobre si los restos de Franco debían ser sacados del Valle de los Caídos. La Asociación para la Recuperación de la Memoria Histórica (ARMH) le denunció entonces por injurias y, después de que el Tribunal Supremo (TS) archivara el caso, pide amparo ahora al Tribunal Constitucional (TC).

El recurso, que las víctimas del franquismo presentan este viernes, se basa en la vulneración del derecho al honor, a la igualdad y a la tutela judicial efectiva, así como en la extralimitación de la libertad de expresión. La asociación cree que las ofensivas palabras de Hernando contra quienes reclaman los cuerpos de sus familiares que fueron lanzados a cunetas constituyen un delito continuado de "injurias graves hechas con publicidad". Y exigen que el diputado se retracte y sea condenado a pagar 1.000 euros para proyectos de exhumación y participe durante cinco días en esos trabajos a pie de fosa.

Los recurrentes consideran que Hernando ofendió a cada una de las víctimas del franquismo enterradas en fosas comunes, que a las que representan más de 113.000 familias, y "desprestigian y hacen escarnio de la causa que representan". Las víctimas tachan la afirmación del diputado del PP de "falaz, insultante, ofensiva e injustificada" y señalan que ninguna asociación ha recibido subvenciones desde noviembre del 2011. En todo caso, se destinan exclusivamente a "actividades" relacionadas con el colectivo, pero "en ningún caso", puntualizan, "son para las víctimas". Por ello, lamentan que Hernando faltara "temerariamente" a la verdad con la única pretensión de "despreciar, desacreditar y estigmatizar a las víctimas", apunta el recurso.

El caso de Violeta Friedman

La demanda de amparo se apoya en la jurisprudencia del Constitucional contraria a la posición del Supremo, que inadmitió la querella de las víctimas del franquismo al no apreciar delito en las palabras de Hernando. El TS consideró que el diputado solo hizo "un juicio de valor" y que la libertad de expresión "cobija críticas inofensivas o indiferentes e incluso otras que puedan molestar, inquietar o disgustar". La ARMH se remite al caso de de Violeta Friedman, superviviente del campo de concentración de Auschwitz, a quien el Constitucional amparó anter las declaraciones de un jefe de las SS alemanas en las que ironizaba sobre los judíos.

Según la doctrina del alto tribunal y del de Estrasburgo, la libertad de expresión excluye las expresiones "ofensivas, vejatorias o insultantes" que "atenten injustificadamente contra la reputación de una persona haciéndola desmerecer ante opinión ajena".