Investigación
El juez procesa al hermano de Ximo Puig por estafa y falsedad
El titular del Juzgado de Instrucción 4 asume la tesis de la Fiscalía Anticorrupción y acusa a ambos de duplicar, cruzar y falsear facturas

Francis Puig sale de la Ciudad de la Justicia de Valencia el pasado 23 de mayor de 2022. / M.A. Montesinos
El titular del Juzgado de Instrucción 4 de Valencia Jorge Martínez Ribera ha decidido finalmente procesar a los empresarios audiovisuales Francis Puig, hermano del expresidente de la Generalitat Valenciana Ximo Puig, y Juan Enrique Adell Bover por los presuntos delitos de falsedad y estafa, por valor de 67.503 euros, que habrían supuestamente cobrado indebidamente Comunicacions dels Ports, MasMut Produccions y Canal Maestrat.
Como se recordará, la investigación se inició en 2019 tras una denuncia del Partido Popular por los presuntos delitos de malversación, prevaricación, tráfico de influencias y contra la hacienda pública. Tras cinco años de instrucción la instrucción derivó en un presunto fraude de subvenciones, cuya cantidad mínima (120.000 euros) tampoco se ha alcanzado.
Finalmente la Fiscalía Anticorrupción acusaba a ambos empresarios de los presuntos delitos de falsedad y estafa. Tesis que ahora asume el titular del Juzgado de Instrucción 4 por lo que inicia los trámites para llevar al banquillo a ambos empresarios audiovisuales por presunta falsedad y estafa en las ayudas concedidas por la Generalitat Valenciana y de Cataluña.
Facturas duplicadas y cruzadas
A juicio del magistrado, “Francis Puig Ferrer solicitó las subvenciones como administrador de Comunicacions dels Ports y Masmut Produccions. Se incorporó a la facturación empresas vinculadas, facturas duplicadas y cruzadas”. De Juan Enrique Adell Bover, administrador de Canal Maestrat y la sociedad Kriol, el magistrado señala que “aportó facturación de sus sociedades a las subvenciones obtenidas por Francisco Puig Ferrer con Comunicacions dels Ports”.
Respecto de Masmut SL, el juez la considera que “es una empresa ficticia e instrumental y no cumplía el requisito de empresa beneficiaria de las subvenciones”.
Enriquecimiento de las sociedades
El magistrado concluye que las conductas de ambos empresarios son “relevantes en un doble aspecto, tanto cuantitativo, como en los instrumentos utilizados: facturas falsas, sociedades instrumentales, domicilios ficticios, actividades carentes de forma patente de cualquier tipo de relación con la subvención que efectivamente se obtuvo y produjo el subsiguiente enriquecimiento a favor de las sociedades administradas por los investigados Francis Puig Ferrer y Juan Enrique Adell Bover”.
El juez admite que algunas de las facturas que se ponen en duda son verídicas, pero afirma que deben considerarse como prueba en la causa porque “son facturas ciertas” pero “no subvencionables” porque “no están relacionados con la actividad subvencionada”. Por ejemplo, “los recibos de pagos de tasas municipales, impuestos de diferentes administraciones, facturas de gasóleo o gastos postales”. Además de “gastos no realizados, al pagarse a los proveedores posteriormente al plazo máximo para justificar la realización de la actividad subvencionada”.
El auto no es firme
El auto aún no es firme y puede ser recurrido ante el mismo Juzgado de Instrucción 4 o en apelación ante la Audiencia de València. Una vez resueltos los recursos sí ser iniciará el proceso para que las acusaciones, la Fiscalía Anticorrupción y el Partido Popular, presenten los escritos de acusación. Y las defensas sus respectivos escritos. Si ningún recurso lo remedia, el juez ya dictaría, una vez este auto sea firme, la apertura de juicio oral.
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