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Presunción de inocencia tensionada

Jonathan Andic sale de los juzgados de Martorell. Junto a él, abajo a la derecha en la imagen, el abogado Cristóbal Martell. / Zowy Voeten
La acusación de homicidio contra Jonathan Andic por la muerte de su padre, el fundador de Mango, Isak Andic, se fundamenta en unos indicios que la jueza de Martorell, Raquel Nieto Galván, considera suficientes para sostener que la muerte ocurrida en Collbató el 14 de diciembre de 2024 no fue accidental, sino consecuencia de una “participación activa y premeditada”. Sin embargo, ni la contundencia del auto judicial ni el enorme impacto mediático del caso eliminan la obligación de preservar la presunción de inocencia porque una acusación, por grave que sea, no equivale a una condena. Ni unos indicios circunstanciales pueden sustentar una convicción de culpabilidad si no se basan en hechos probados que vayan más allá de la sospecha o la probabilidad.
Los hechos que recoge el auto judicial son espinosos y apuntan a posibles indicios que la jueza considera relevantes para sostener la acusación. La magistrada considera descartada la hipótesis de un simple resbalón accidental a partir de los informes forenses y de montaña elaborados por los Mossos d’Esquadra. Según la investigación, la huella localizada en el punto de caída no sería compatible con un deslizamiento fortuito, mientras que el análisis de las lesiones del cuerpo de Isak Andic apuntaría a una caída incompatible con un simple accidente. A ello se suman las incoherencias detectadas en las declaraciones del hijo del fallecido, sus visitas previas al lugar de los hechos que inicialmente habría ocultado y el supuesto móvil económico derivado de la intención del empresario de modificar su testamento para crear una fundación. Circunstancias que se deberán aclarar y para las que la defensa deberá encontrar una explicación alternativa a la que ha argumentado la juez.
Los indicios recogidos por la jueza justifican una investigación exhaustiva y medidas cautelares. Por ello, ha acordado prisión provisional eludible bajo una fianza de un millón de euros al apreciar riesgo de fuga por la gravedad de la acusación y la posible pena. Pero el auto también reconoce que Jonathan Andic ha colaborado con la justicia, carece de antecedentes y mantiene arraigo familiar y profesional en España. En la resolución, por tanto, conviven la gravedad de las sospechas y el reconocimiento de garantías procesales que deben preservarse.
La obligación de salvaguardar la presunción de inocencia también debería reflejarse en la gestión pública del caso
Por ello, la obligación de salvaguardar la presunción de inocencia también debería reflejarse en la gestión pública del caso. La exposición de Jonathan Andic esposado y accediendo a pie ante las cámaras a los juzgados de Martorell vuelve a situar el foco en cómo se protege este derecho durante la instrucción judicial. Y en ese caso el acusado ha dispuesto de una protección menor a la que se aplica en muchos otros casos. Estas imágenes —en él y en cualquier otra persona— proyectan una idea de culpabilidad anticipada y alimentan el juicio paralelo, especialmente en un caso de tanto impacto mediático como este. Así, la presunción de inocencia no debe limitarse a la sentencia final, sino reflejarse también en la forma en que se gestiona la exposición pública del investigado.
Nada de ello implica minusvalorar la gravedad de los indicios ni cuestionar la labor policial ni judicial. El acusado deberá ofrecer explicaciones convincentes sobre las contradicciones, las visitas al lugar de los hechos o la desaparición de su teléfono móvil. Pero precisamente porque la acusación es tan grave es necesario extremar las garantías procesales y actuar también con responsabilidad mediática para evitar que el juicio público se adelante al judicial.
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