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El patinete, un vehículo

Una de las primeras matrículas de patinete en España / EL PERIÓDICO
Con la inminente entrada en vigor de la ley que regula la responsabilidad civil y el seguro obligatorio para los vehículos de movilidad personal (VMP) y modifica el reglamento general de vehículos, con la creación de un registro para los que habitualmente conocemos como patinetes, se entra en una nueva etapa, acorde con la legislación europea. Este nuevo marco ha de poner orden en un tipo de transporte que, en los últimos años, ha proliferado de manera exponencial en las calles de nuestras ciudades. Las cifras que se barajan oscilan entre los 4 y los 7 millones de vehículos, a falta de datos oficiales (lo que prueba el grado de descontrol). Es evidente que los patinetes eléctricos se han convertido en un elemento cotidiano en la movilidad. Sobre todo urbana, lo que ha hecho hasta ahora que las administraciones locales se avanzaran a regular su presencia, como Barcelona con la nueva ordenanza vigente desde el 1 de febrero. En este caso, se trata de normas de seguridad a seguir, como el uso obligatorio de casco, la localización de luces delanteras y traseras, la edad mínima para su uso, el límite de velocidad o la preservación de las aceras como espacios seguros, medidas, todas ellas, que inciden la estrategia de seguridad vial.
El seguro obligatorio y la homologación no son una 'tasa', sino una garantía de seguridad para terceros
Pero la ley a que hacemos referencia incide en una cuestión previa a las normas de circulación: la propia homologación de los patinetes, su matriculación y registro y la equiparación, con todas las obligaciones implícitas, al resto de vehículos a motor. Esta norma implica el pago tanto de una tasa de registro como de la pegatina identificativa de la matrícula y, asimismo, del seguro obligatorio que para los modelos más habituales, de menos de 25 kg, oscila entre los 60 o 70 euros. Las primas más elevadas, en torno a los 200, están reservadas a aquellos que tienen prestaciones cercanas a las de una motocicleta de poca cilindrada, con lo que es lógico que el precio del seguro sea también equivalente.
El sector teme un descenso de las ventas y muchos usuarios estarán tentados de no matricular su patinete mientras esté vigente la moratoria de un año para quienes no cumplan los requisitos. Aun así, una vez normalizada la presencia de este medio de movilidad, debe normalizarse también su reconocimiento como vehículo. Como el resto, ha garantizar la seguridad para sus conductores y para el resto de personas con quien comparte espacio, cumpliendo normas de circulación y siendo identificable y responsable de los daños que produzca a terceros en caso de accidentes.
El registro ha de servir además para retirar de la circulación modelos no homologados que son poco más que juguetes, teniendo en cuenta el riesgo de incendio que suponen sus baterías. Una vez depurado y legalizado el parque de patinetes, y no antes, cabrá la posibilidad de reflexionar sobre la oportunidad de revisar su acceso al transporte colectivo, puesto que, aún más combinados con el metro o el tren como fue habitual hasta el veto por motivos de seguridad, son una alternativa práctica y flexible para trayectos que no quedan completamente cubiertos por el transporte público y adaptada a quienes, por motivos económicos o ambientales, no quieran o puedan contar con otros medios de movilidad individual.
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