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La justicia sí funciona
El debate de fondo sobre la amnistía a Puigdemont está en el Constitucional y en el Tribunal de Justicia de la UE
¿Cómo queda la situación de Puigdemont tras la sentencia del TJUE sobre la inmunidad? ¿Qué procedimientos siguen pendientes?

Toni Comín y Carles Puigdemont este jueves en el Parlamento Europeo. / Junts per Catalunya
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha anulado las decisiones del Parlamento Europeo que levantaron la inmunidad parlamentaria de Carles Puigdemont y Toni Comín cuando eran eurodiputados. No lo ha hecho por el fondo del 'procés' ni por los hechos del 1-O, sino por un vicio procedimental: la falta de imparcialidad del ponente designado para los suplicatorios cursados en 2021, a petición del magistrado del Tribunal Supremo Pablo Llarena. Su pertenencia al mismo grupo político que Vox, acusación popular en la causa penal, ha llevado al tribunal a considerar que el procedimiento estuvo viciado desde el inicio.
El alcance de la sentencia es, con todo, acotado. El TJIE corrige la actuación de la Eurocámara y desautoriza tanto al Tribunal General de la Unión Europea como al abogado general, que habían avalado el levantamiento de la inmunidad. Se trata de un correctivo institucional relevante en materia de garantías, no de una revisión del 'procés' ni de una impugnación indirecta de las decisiones del Supremo.
Tampoco las consecuencias prácticas alteran la situación de los afectados. Puigdemont ya no es eurodiputado y sigue sujeto a una orden de detención en España. La nulidad del suplicatorio no modifica su posición procesal, más allá de confirmar que sus objeciones formales estaban justificadas. Comín, por su parte, continúa sin poder ejercer como eurodiputado desde las elecciones de 2024 al no haber regresado a España para jurar la Constitución ante la Junta Electoral, requisito que la sentencia no cuestiona. En ninguno de los casos, por tanto, el fallo despeja el horizonte judicial inmediato.
Aun así, en Junts la resolución ha sido recibida con satisfacción. No por sus efectos jurídicos, prácticamente inexistentes, sino por su valor simbólico: una victoria moral que refuerza el relato del agravio, a pesar de no traducirse en consecuencias materiales. El TJUE introduce una corrección procedimental, pero no inaugura una nueva etapa para los líderes independentistas ni anticipa el desenlace de las causas pendientes. Presentarla como una victoria judicial, o como un aval implícito a la amnistía, es forzar su significado.
El debate de fondo sigue estando en el Tribunal Constitucional y en los recursos contra la negativa del Supremo a aplicar la amnistía al delito de malversación. Será ahí donde se determine si la ley tiene un alcance pleno o si determinadas conductas clave del 'procés' quedan fuera de ella. El propio Constitucional ha optado por esperar a que el TJUE se pronuncie sobre su compatibilidad con el derecho europeo antes de resolver los amparos, con el objetivo de blindar su futura decisión.
Conviene, así pues, moderar expectativas. Ni esta sentencia, ni tan siquiera una eventual validación europea de la amnistía, supondrán una exculpación de lo ocurrido en 2017. La amnistía responde, ante todo, a una lógica de gobernabilidad ya que su efecto principal solo ha sido, por ahora, garantizar la continuidad de Pedro Sánchez al frente del Gobierno. En gran medida, porque la prometida reconciliación solo será posible si se asumen responsabilidades y se renuncia a convertir, por conveniencia política, cada decisión europea en un triunfo épico tratando de quebrar la relación indisociable entre legalidad y legitimidad.
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