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Vía libre a aclarar el futuro de la amnistía
El Constitucional aparta al magistrado Macías de los recursos a la amnistía

El magistrado José María Macías Castaño toma posesión como nuevo miembro del Tribunal Constitucional ante presidente del Alto Tribunal, Cándido Conde-Pumpido . / EFE/ J.J. Guillén
La recusación por el pleno del Tribunal Constitucional de uno de sus miembros, el magistrado José María Macías, lo que le impedirá participar en las deliberaciones y sentencias que ese órgano dicte sobre la ley de amnistía, deja expedito el camino hacia una decisión definitiva sobre si la ley que permite el perdón a los condenados e imputados por el 'procés' es constitucionalmente viable o no. Es cierto que esta recusación y la decisión voluntaria del exministro de Justicia, José Manuel Campo, de apartarse de las discusiones y el fallo sobre esa norma, no cambian la mayoría del TC, que sigue inclinada a favor de los jueces progresistas por seis a cuatro. Pero el recurso contra Macías, presentado por la Fiscalía General del Estado, era un escollo que el tribunal debía superar antes de comenzar con las deliberaciones. La recusación de Macías y la decisión de Campo de orillarse se deben a la misma razón: la imprescindible imparcialidad exigida a los miembros del órgano que debe resolver los recursos presentados contra la ley de amnistía por el Tribunal Supremo, el Tribunal Superior de Justícia de Catalunya, el PP, las autonomías gobernadas por los populares y la de Castilla-La Mancha, gobernada por el socialista Emiliano García-Page.
Campo se separó de las discusiones alegando que como ministro de Justicia gestionó los expedientes de indulto a los condenados por el procés y en el transcurso de esa tramitación aseguró que la amnistía era «claramente inconstitucional». Razón que el exministro de Pedro Sánchez consideró más que suficiente para alejarse del debate. No ha ocurrido lo mismo con el magistrado Macías, del que la Fiscalía pidió la recusación porque cuando anteriormente fue vocal del Consejo General del Poder Judicial se pronunció en contra de la amnistía en dos dictámenes del órgano de gobierno de los jueces, uno de ellos a petición del Senado. Por esa razón, el TC le aplica ahora dos de las causas previstas para la recusación por la ley orgánica del poder judicial, «una participación directa o indirecta en el asunto objeto del pleito y causa», que le habría llevado a «tener conocimiento del objeto del litigio y formar criterio en detrimento de la debida imparcialidad».
Dada la polarización existente en torno a la ley de amnistía, no solo en el campo político, también, y de manera muy notable, en el judicial, cabe plantearse que la resistencia de Macías a apartarse de forma voluntaria no respondía solo a su interés profesional por participar en la deliberación de una ley de gran trascendencia, sino más bien a la intención de impedir que la mayoría del TC se escorará demasiado a favor de quienes aparentemente querrían darle el visto bueno a la norma. Aparentemente, porque hasta que el pleno del Tribunal no empiece a revisar los recursos y la ley, y sus miembros no comiencen a manifestar sus opiniones jurídicas al respecto, la decisión definitiva del sobre la amnistía aprobada por mayoría absoluta en el Congreso de los Diputados el pasado 30 de mayo seguirá siendo una incógnita. Es, sin embargo, una buena noticia que los escollos puramente procedimentales se vayan salvando para que el Tribunal pueda entrar en el meollo de la ley y decidir sobre ella cuanto antes.
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