
Abogado penalista.
¿Divorcio entre jueces y fiscales?
Hubiese sido inimaginable hasta ahora que la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo adoptara, y por unanimidad, la decisión de incoar un procedimiento penal contra el fiscal general del Estado y la fiscal jefa de la Audiencia Provincial de Madrid

El fiscal general Álvaro García Ortiz, el 5 de setembre. | J. J. GUILLÉN / EFE
En el panorama actual del Estado español, de una poco disimulada hostilidad abierta entre el Poder Judicial y el partido de Gobierno, el Tribunal Supremo ha dictado un auto que viene a constituir una declaración de guerra en toda regla, o si quieren usar una expresión más amable y familiar, un divorcio con la Fiscalía.
Nadie que conozca bien la jurisdicción penal (como creo conocer por osmosis después de 46 años de trabajar en ella) podrá negar que en el juego de nuestras instituciones judiciales era inimaginable, hasta el pasado 15 de octubre, que la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo adoptara, y por unanimidad, la decisión de incoar un procedimiento penal contra el fiscal general del Estado y la fiscal jefa de la Audiencia Provincial de Madrid, por unas querellas acumuladas del Foro Libertad y Alternativa y del sindicato Manos Limpias, por presuntos delitos de revelación de secretos del artículo 417 del Código Penal.
Si hay algo en la praxis diaria de nuestros tribunales, que criticamos frecuentemente los penalistas, es la asimetría del supuesto equilibrio que debería existir para juzgar a los ciudadanos, porque el Ministerio Fiscal, siendo parte, no es una parte cualquiera, sino que incluso tiene prerrogativas propiamente judiciales, reconocidas en la propia ley. Incluso, en un proyecto de ley en tramitación, se pretende convertir a los fiscales en instructores de las causas penales, a lo que yo me opongo mientras los fiscales sigan dependiendo del Gobierno a través del fiscal general del Estado.
No es casualidad que el Tribunal Supremo que preside Isabel Perelló, que se posicionó claramente contra el Gobierno, primero cuando concedió los indultos a los presos del procés, que yo pedí, y después cuando aprobó la ley de amnistía, dictando un auto el 1 de julio declarando no amnistiable el delito de malversación, haya terciado ahora en la contienda política, entre Sánchez y Ayuso, considerando que deben investigarse las filtraciones de las comunicaciones entre el abogado de González Amador, pareja de Ayuso, y los fiscales que le denunciaron por varios delitos fiscales, poniéndose sin disimulo de su lado.
Tengo que decir, en honor a la verdad, que con independencia de la oscura naturaleza de los denunciantes (el Supremo sabe perfectamente qué es el sindicato Manos Limpias y a qué se dedica), los hechos denunciados son muy graves, porque filtrar conversaciones y negociaciones entre fiscales y abogados constituye una falta muy grave, prevista en el artículo 62. 12º, del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal, que puede aparejar sanciones muy graves, entre ellas la separación del órgano.
Lo que no entiendo es que magistrados tan ilustres como son los cinco que han decidido que conviene investigar al fiscal general y a la fiscal provincial de Madrid consideren que constituye secreto penalmente relevante, o una información «que no debe divulgarse», que es lo que exige el artículo 417, las negociaciones y acuerdos a los que llegan fiscales y abogados en el ámbito penal, que se llevan a cabo con toda publicidad, porque son abocados a materializarse en un juicio oral y público, que como su propio nombre expresa es lo más alejado del secretismo. Como dijo hace poco el profesor Jordi Nieva, las informaciones sobre estos acuerdos no deberían considerarse secretas, «sino transparentes, para estar sometidas a control democrático de la ciudadanía».
Tengan en cuenta que el delito de revelación de secretos del artículo 417 lo que protege es el buen funcionamiento del servicio público, en este caso de la Administración de Justicia. De modo que es lícito preguntarse: ¿consideran ustedes, como el Tribunal Supremo, que se protege mejor la cosa pública permitiendo que la Sra. Ayuso divulgue toda clase de noticias sobre la inocencia de su pareja y que el Ministerio Fiscal no pueda filtrar que su defensa está dispuesta a conformarse con dos delitos fiscales? Ustedes mismos.
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