Catedrático de Derecho Constitucional (UB). Comité Editorial de EL PERIÓDICO
Xavier Arbós
Catedrático de Derecho Constitucional (UB). Comité Editorial de EL PERIÓDICO
Francia sigue sin Gobierno
El Ejecutivo no está operativo y Macron tiene la obligación de actuar para que haya uno. Creo que su pasividad supone una infracción del artículo 5 de la Constitución francesa
La izquierda francesa llega a un acuerdo y propone a la economista Lucie Castets como primera ministra
Macron acepta la dimisión del Gobierno en pleno, que seguirá en funciones hasta que se pacte el nuevo ejecutivo
Acabaron los Juegos Olímpicos, Francia sigue sin Gobierno, y todo no es culpa del diseño institucional. La Constitución francesa de 1958 dice escuetamente que el presidente de la República “nombrará al primer ministro” (art. 8), con un redactado que determina que esa facultad es, a la vez, una competencia y una obligación. Hasta ahora, Emmanuel Macron parece que se fija más en sus atribuciones que en sus deberes, y no se le conoce ninguna actuación, ni directa ni indirecta, para buscar una persona de consenso entre las fuerzas políticas a la que pueda nombrar primer ministro. Su carta a la ciudadanía, publicada el pasado 10 de julio, era una llamada a las fuerzas políticas para que llegaran a acuerdos. Una iniciativa sensata, sin duda, pero abocada obviamente al fracaso. Es público y notorio que las hostilidades mutuas entre los grandes bloques políticos de la Asamblea Nacional hacen imposible una mayoría absoluta que acepte un candidato viable surgido de cualquiera de ellos. Pero cuando el Nuevo Frente Popular propone el nombre de Lucie Castets —una alta funcionaria de currículum irreprochable—, entonces Macron la rechaza.
Algunos juristas franceses destacan que, desde el punto de vista constitucional, el rechazo de Macron no vulnera ningún precepto constitucional, y no les falta razón. En Francia, a diferencia de lo que ocurre en España, no se exige que el jefe del Gobierno alcance esa condición tras un voto de investidura en el que participen todas las fuerzas parlamentarias de la Asamblea Nacional; un voto por el que asumen su responsabilidad ante sus electores. La V República gira alrededor del jefe del Estado, que es elegido directamente por los ciudadanos. Eso es lo que le da una gran base de legitimidad, de la que carece un monarca por razones obvias. Sin embargo, su poder institucional y su autoridad democrática están enmarcados en la Constitución, en la que aparece una obligación, genérica, pero no por ello menos relevante. El artículo 5 dice que el presidente de la República “velará por el respeto de la Constitución y asegurará, mediante su arbitraje, el funcionamiento regular de los poderes públicos, así como la permanencia del Estado". Ese “arbitraje” se ejerce en el marco de la Constitución, y tiene la finalidad de hacer posible el funcionamiento regular de las instituciones.
Creo que ese precepto es de aplicación en la situación actual. Hay una de las instituciones que no está operativa: el Gobierno, y Macron tiene la obligación de actuar para que haya uno. Creo que su pasividad supone una infracción del citado artículo 5. “Arbitrar” es decidir en un conflicto, de acuerdo con las reglas. Es cierto que no hay reglas concretas que determinen a qué primer ministro hay que nombrar en una situación como la actual, sin mayorías parlamentarias claras. Pero esa norma constitucional le obliga a tener un papel proactivo.
Cuando no coinciden las orientaciones políticas de la presidencia de la República francesa y la de la Asamblea Nacional, el sistema de la V República puede y debe adaptarse a un funcionamiento más parlamentario que presidencialista. Hay sistemas parlamentarios que han generado prácticas que facilitan al jefe del Estado una vía para facilitar la formación del Gobierno, sin comprometer su autoridad. En Bélgica, monarquía parlamentaria, el rey puede nombrar a un “informador”. Es una persona con mucha experiencia política que sondea a los partidos tras las elecciones, y sugiere al rey el nombre de la persona con más posibilidades de formar Gobierno. En Italia, el presidente de la República tiene la posibilidad de otorgar a una personalidad política, como el presidente de alguna de las cámaras, una función “exploratoria” de cuál puede ser la propuesta más viable para formar Gobierno.
En los cimientos de la V República se esconde un mal disimulado rechazo al parlamentarismo. Pero su arquitectura jurídica es flexible, y puede adaptarse si los actores políticos ponen de su parte. Los partidos, al menos los leales a los valores republicanos, podrían aflojar su retórica y buscar acuerdos mediante el diálogo. Macron podría dar ejemplo, bajar del Olimpo, y escenificar una ronda de consultas.
Suscríbete para seguir leyendo
- El ‘Joker’ se inmola en Venecia: Joaquin Phoenix y Lady Gaga protagonizan un musical que no tiene adónde ir
- Colocar un corcho de vino en la nevera: el simple truco para deshacerte de un problema casero
- Olvídate de freír el huevo en la sartén: esta es la fórmula para hacer los mejores huevos fritos
- Cómo hacer unas almejas a la marinera en las que mojarás hasta el pan
- ¿Dónde ir a bailar a partir de los 40? Estas son las mejores sesiones de tardeo de septiembre en Barcelona
- Las 5 razas de perros más leales que existen
- Albiol revoluciona la deficiente limpieza de Badalona para la próxima década: duplica presupuesto y adiós a contenedores subterráneos
- Los 'trasteros sin ley' de Mataró: 'pesadilla' vecinal por ocupaciones conflictivas en habitáculos de diez metros cuadrados