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Carles Puigdemont y Oriol Junqueras reciben la notificación del TSJC

Carles Puigdemont y Oriol Junqueras reciben la notificación del TSJC / EUROPA PRESS

No se olviden de estas siglas. Corresponden al Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Se trata de la última instancia judicial a la que puede acudir un ciudadano de la UE una vez que ha agotado todas las instancias en su jurisdicción estatal. Y solo se puede acudir para alegar una violación de los derechos fundamentales reconocidos en el Tratado de Lisboa, lo más cercano a una constitución europea. La semana pasada el TEDH admitió a trámite un recurso de amparo de los condenados por el 1-O, candidatos a esa hipotética amnistía de la que habla Feijóo más que Sánchez. Lo pudieron hacer porque días antes, el Tribunal Constitucional (última instancia de la jurisdicción española) había rechazado su recurso por vulneración de derechos en su procesamiento. Es incierto el tiempo que el TEDH puede tardar en resolver, pero algunos juristas que lo han frecuentado están sorprendidos de que se haya hecho la admisión tan deprisa y que se haya dado un plazo relativamente corto, hasta enero, para que el Estado presente sus alegaciones.

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De las muchas competiciones que libran Junqueras y Puigdemont desde octubre del 2017, la de los plazos para llegar al TEDH es quizás la que más ha determinado sus decisiones. Junqueras se presentó ante la justicia y se defendieron pensando en este recurso que ahora prospera. Mientras, Puigdemont y su equipo jurídico siempre creyeron que la manera más rápida de forzar esa intervención era la de evidenciar las limitaciones de la justicia española a través de las órdenes de extradición y los recursos al Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) y del Tribunal General (TGUE). Ambas estrategias, en las cabezas de Junqueras y Puigdemont, ansían una sentencia del TEDH similar a la del 'caso Egin' en la que España fue condenada, aunque sin efectos, por vulnerar el derecho a la libertad de expresión con el cierre judicial del diario que defendía las mismas tesis que ETA.

El movimiento del TEDH puede ser, en este momento, un desincentivo para Junqueras y Puigdemont para pactar la amnistía puesto que hay juristas que consideran que el recurso ahora admitido decaería si se realizase. Por contra, podría proporcionar a Sánchez la única razón de Estado para justificar una amnistía aceptable para la judicatura española: evitar un revolcón como el de Egin, sin efectos prácticos, pero que lamina el prestigio de los jueces españoles y de sus aspiraciones a optar a plazas en los tribunales europeos. Atentos a los próximos movimientos.