Artículo de Astrid Barrio

Legitimar la ocupación

La usurpación de vivienda ha dejado de ser una salida de particulares ante una situación desesperada para convertirse, en muchos casos, en una acción colectiva orquestada con el fin de delinquir

Viviendas en venta, en Barcelona

Viviendas en venta, en Barcelona / JORDI OTIX

Astrid Barrio

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El derecho a la vivienda en España está reconocido constitucionalmente aunque su ejercicio efectivo nunca ha sido garantizado por parte del Estado. Como consecuencia de la crisis económica de 2008 el problema de la accesibilidad a la vivienda, que no es un fenómeno reciente sino una constante, en particular en las grandes ciudades receptoras de migración, fue en aumento y tuvo como resultado un incremento de las ocupaciones y de los desahucios. El surgimiento de colectivos como la Plataforma de Afectados por la Hipoteca, que denunciaban la flagrante injustica de ejecutar desahucios de personas y familias en situación de vulnerabilidad, y sus campañas como Stop Desahucios para evitar ese tipo de desalojos dieron mucha visibilidad a una problemática creciente. Se daba la circunstancia, además, de que muchas de esas viviendas eran propiedad de entidades financieras, algunas de las cuales habían sido rescatadas con fondos públicos en 2012, lo cual, en un contexto de gran descontento social alimentó, en muchos ciudadanos, un sentimiento de solidaridad hacia las personas afectadas y de comprensión hacia las acciones en contra de los desahucios. Unas acciones que, 'de facto', acababan dando lugar a situaciones de ocupación de vivienda.  

Desde entonces, las ocupaciones han ido en aumento, en particular en Catalunya, la comunidad autónoma con mayor número de toda España y la que es, a su vez, la que más viviendas vacías tiene, siendo la mayor parte de ellas propiedad de los grandes tenedores, muchas de entidades financieras y de la Sareb, el 'banco malo' creado en 2012 para gestionar los activos problemáticos de las entidades financieras que habían recibido ayudas públicas. Estas ocupaciones se han visto incentivadas por una legislación que, buscando proteger a las personas más vulnerables, ha acabado dando lugar al surgimiento de un verdadero mercado negro de viviendas ocupadas, tras el cual no solo hay personas en dificultades sino en muchos casos delincuentes perfectamente organizados. Mafias que se han beneficiado de las buenas intenciones y de la candidez del sistema, en unos casos para hacer negocio con la compraventa de llaves de casas ocupadas, en otros ocupando directamente las viviendas para realizar actividades delictivas, como vender droga o cultivarla. 

La ocupación ha dejado de ser, por tanto, una salida de particulares ante una situación personal desesperada, para convertirse, en muchos casos, en una acción colectiva perfectamente orquestada con el fin de delinquir, que ha dado lugar a un incremento de la conflictividad con los vecinos afectados, que se encuentran en situación de indefensión por no poder instar al desahucio. Es por ello que el Govern de la Generalitat ha decidido impulsar cambios legislativos para luchar contra lo que ha definido como "ocupaciones ilegales (sic) de inmuebles con carácter delincuencial que son propiedad de grandes tenedores, y que alteran gravemente la convivencia además de generar alarma social". La iniciativa sin duda es bienintencionada, porque persigue corregir una situación de injusticia pero, más allá de las dudas jurídicas que suscita el cómo determinar el carácter delincuencial mientras no haya una sentencia judicial que lo certifique, su uso del lenguaje es extremadamente perverso. Distinguir las ocupaciones en función del objetivo de la ocupación y del propietario de los inmuebles y darles un trato diferenciado equivale a asumir que hay ocupaciones buenas y ocupaciones malas, obviando que cualquier ocupación es ilegal, es mala y supone un grave atentado contra el derecho de propiedad.  

Esta conducta legitimadora de algunas ocupaciones se explica porque la administración no es capaz, con sus políticas, de garantizar el derecho constitucional a la vivienda y traslada la responsabilidad y los costes de la política social a los grandes tenedores, ya sean individuos o entidades bancarias, amparándose en la idea de que el derecho de propiedad no es ilimitado porque incorpora una función social. Y la tiene, pero cuando esta función se invoca los perjudicados tienen derecho a ser compensados. Quizás se considera que la compensación ya llegó en forma de rescate de 2012 y lo que hay es una falsa expropiación. 

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