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Crear un nuevo negocio, ¿como autónomo o mediante una sociedad limitada?

Los socios de una sociedad limitada solo responderán de las deudas hasta el límite de sus aportaciones en el capital social de la compañía, mientras que un trabajador autónomo expone la totalidad de su patrimonio personal

Barcelona 19/02/2020 Fotos para ilustrar el tema principal del suplemento +Emprendedores de este mes sobre la fificultad de encontrar talento par alas start-ups. Oficinas de Red Points. A parte de fotos de gente trabajando

Barcelona 19/02/2020 Fotos para ilustrar el tema principal del suplemento +Emprendedores de este mes sobre la fificultad de encontrar talento par alas start-ups. Oficinas de Red Points. A parte de fotos de gente trabajando / JOAN CORTADELLAS

Jesús Benavides Lima

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Sin duda, si España pretende prosperar como nación, es crucial que tanto sus ciudadanos como sus instituciones sean capaces de crear las condiciones adecuadas para la generación de riqueza, tarea en la cual asumen un papel fundamental los nuevos emprendedores, esto es, personas que, con una nueva idea de negocio, inician una actividad económica, ofreciendo sus bienes o servicios al mercado para así obtener un beneficio económico que, en última instancia, revertirá en el conjunto de la sociedad.

Siendo esta una realidad indudable, una de las grandes dudas que asaltan a un nuevo emprendedor o profesional por cuenta propia cuando inicia su aventura empresarial es la de cómo vehicular jurídicamente, de forma adecuada, esta nueva empresa, a los efectos de poder desarrollar correctamente su actividad y, al mismo tiempo, proteger adecuadamente sus intereses personales y su patrimonio particular.

En este sentido, concretamente, el nuevo empresario o profesional deberá decidir si este nuevo proyecto se desarrolla bajo el paraguas del trabajo autónomo o, por el contrario, se opta por constituir una sociedad de capital (en la mayoría de las ocasiones, una sociedad limitada, dada su mayor simplicidad y facilidades a la hora de crear la nueva compañía).

Así pues, debemos tener en cuenta que el nuevo profesional o emprendedor que opte por darse de alta como autónomo ejercerá su actividad profesional en su propio nombre y derecho, de modo que todo el riesgo y ventura de la actividad que se desarrolla será asumido por el trabajador autónomo a título personal. Esta realidad, unida al principio de responsabilidad patrimonial universal que rige en nuestro Derecho (lo que implica que cualquier persona responde de sus deudas y obligaciones con todo su patrimonio presente y futuro) nos lleva a la situación de que el trabajador autónomo, cuando ejerce su actividad profesional como tal, expone la totalidad de su patrimonio personal (su casa, su segunda residencia, sus ahorros, su coche...) a la evolución de su actividad profesional, de modo que si la misma no se desarrolla en términos positivos, sus acreedores podrán dirigirse contra su patrimonio personal para satisfacer sus deudas.

Por el contrario, los emprendedores que opten por vehicular su nueva empresa o actividad profesional a través de una sociedad limitada se verán beneficiados por un régimen mucho más favorable para su patrimonio particular, pues a diferencia de lo expuesto anteriormente, los socios de una sociedad limitada solo responderán de las deudas sociales hasta el límite de sus aportaciones en el capital social de la compañía, de modo que si, por ejemplo, una persona crea una SL con un capital social de 3.000 euros, a lo sumo su riesgo queda limitado a esta aportación, quedando así a salvo su patrimonio personal de las deudas que, en su caso, genere esa nueva sociedad.

Como vemos, pues, el régimen de asunción de responsabilidades de las deudas generadas por la actividad profesional o empresarial, en el caso de las sociedades limitadas, es mucho más favorable para la protección de los intereses personales y patrimoniales del nuevo emprendedor, de modo que, lógicamente, siempre que sea posible, resultará mucho más recomendable vehicular nuestra nueva empresa a través de esta figura jurídica, para así proteger adecuadamente nuestro patrimonio personal.