'MeToo' en la Universidad de Sevilla
Tras la denuncia interpuesta por tres profesoras, tuve conocimiento de un gravísimo caso de acoso sexual que venía teniendo lugar desde 2006
Adela Muñoz Páez
Catedrática de Química Inorgánica de la Universidad de Sevilla y miembro de la Red de Científicas Comunicadoras.
Adela Muñoz Páez
A raíz de la admisión a trámite de la denuncia interpuesta por tres profesoras, tuve conocimiento de un gravísimo caso de acoso sexual que venía teniendo lugar en la Universidad de Sevilla desde 2006. Esta denuncia fue recogida en varios medios de comunicación (Denunciado por acoso sexual un catedrático, Público, 24/02/2011).
ACTO PRIMERO. Las autoridades académicas derivaron el caso a los tribunales, sin haber adoptado las medidas de protección que las víctimas habían solicitado en varias ocasiones y el acusado pudo seguir desempeñando sus tareas como profesor, impartiendo clases y formando parte de tribunales de tesis y plazas. También conservó el cargo director de departamento y su puesto como miembro del claustro de la Universidad de Sevilla y del restringido grupo del consejo de gobierno de la universidad. La situación de las acosadas fue diametralmente opuesta. Cuando, tras años de soportar el acoso, se atrevieron a denunciarlo ante las autoridades académicas, sufrieron la hostilidad de la institución. Así, en diciembre de 2007, una de las denunciantes tuvo que aportar pruebas médicas al Servicio de Prevención de Riesgos Laborales para demostrar que no padecía una enfermedad contagiosa (SIDA) de la que se había informado desde el entorno del denunciado, procedimiento que causó graves perjuicios a la investigada. Las tres profesoras implicadas causaron baja médica por depresión y sus carreras profesionales quedaron truncadas.
En las concentraciones frente a la puerta del rectorado, demandando justicia para las víctimas, tuve ocasión de comprobar que el 'MeToo' estaba muy presente en mi universidad.
A pesar de la gravedad de la acusaciones y del desamparo de las víctimas, el rector de entonces, Joaquín Luque, no accedió a su modesta petición, ser recibidas por él, aduciendo problemas de agenda.
ACTO SEGUNDO. El consejo de gobierno de la Universidad de Sevilla del 27 de julio de 2011 acordó conceder un año sabático a varios profesores, entre ellos el denunciado. La universidad premió así con un exilio dorado, exento de clases, a uno de sus miembros más reprobables.
ACTO TERCERO. En enero de 2017, un juzgado de lo Penal de Sevilla dictó sentencia tras considerar que los hechos imputados al acusado, Santiago Romero Granados, eran constitutivos de tres delitos continuados de abusos sexuales y un delito de lesiones, condenándolo a dos años y tres meses de prisión por cada delito de abuso, un año por el delito de lesiones, y a pagar a las acusadas indemnizaciones por un total de más de cien mil euros. La sentencia ponía de manifiesto que los abusos se habían cometido en el marco de una red clientelar, en la que el acusado seguía controlando las carreras del profesorado de la Facultad de Ciencias de la Educación, de la que había sido decano.
ACTO CUARTO. Contra esta sentencia, interpuso recurso de apelación el condenado y la Audiencia Provincial de Sevilla, en el fallo emitido en diciembre de 2019, revocó la sentencia previa. Lo absolvió del delito de lesiones y rebajó la pena por los delitos continuados de abusos sexuales, lo que eximió al acusado de ingresar en prisión. También rebajó la multa a 2.400 euros, pagaderos en tres cómodos plazos. La atenuante fueron las dilaciones indebidas, es decir el largo tiempo transcurrido desde la comisión del delito hasta su denuncia.
El acusado nunca reconoció su delito ni se disculpó ante las víctimas.
ACTO QUINTO. Aunque parecía que las vidas de tres jóvenes brillantes se habían truncado y nadie había pagado por ello, una de las víctimas, L.G.A., recurrió esta sentencia ante el Tribunal Constitucional con la ayuda de la abogada Amparo Díaz, que adujo que en la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía no se había tenido en cuenta el carácter de los hechos delictivos, que suelen ser denunciados años después de que se hayan cometido.
El 24 de enero de 2022, el Tribunal Constitucional ha acordado admitir a trámite el recurso presentado por L.G.A., apreciando que concurre en el mismo una especial trascendencia constitucional.
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