Apunte
Juan Carlos I y el delito fiscal eterno
El Tribunal Europeo sentenciará antes de fin de año sobre el modelo 720, que permite que la ocultación exterior no prescriba nunca
Rosa María Sánchez
Redactora jefe
Premio Carlos Humanes de Periodismo Económico 2020. Máster Universitario en Investigación en Periodismo por la Universidad Complutense, en 2023. Profesora en el Título de Postgrado Especialista en Información Económica de la Universidad Nebrija. Colaboradora en RNE.
En junio de 2019 la Comisión Europea denunció a las autoridades españolas ante el Tribunal de Justicia de la UE por imponer “sanciones desproporcionadas" a los contribuyentes españoles que no comuniquen a la Agencia Tributaria, a través del modelo 720, las cuentas corrientes y los activos que tienen en otros Estados miembros. Lo más duro del régimen sancionador vinculado al temido modelo 720 es que establece la imprescriptibilidad del delito fiscal por ocultación de cuentas bancarias u otros bienes en el extranjero. Por muy lejanas en el tiempo que sean unas cuentas bancarias ocultas en el extranjero el delito fiscal vinculado no caducará en toda la vida si esas cuentas no fueron declaradas en el modelo 720 que inventó en el 2012 el entonces ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro.
Puede que el abogado de Juan Carlos I tenga los dedos cruzados en espera de que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) acabe con el, odiado por muchos, ‘modelo 720’. Si el TJUE pusiera fin al delito fiscal eterno —se espera que la sentencia se produzca este mismo año 2021— podría desaparecer de un plumazo el riesgo penal que acecha a Juan Carlos I por la investigación sobre las presuntas cuentas millonarias del emérito en el paraíso fiscal de Jersey, una vez que éste perdió su inviolabilidad tras abdicar en junio de 2014. Los ejercicios 2014, 2015 y 2016 ya están prescritos para la Inspección, pero no para el modelo 720, a no ser que el TJUE diga lo contrario.
Pero este mes de julio ha caído un jarro de agua fría sobre el emérito y sus abogados. El Abogado General del TJUE publicó sus conclusiones previas al fallo del Tribunal y avaló la imprescriptibilidad de las cuentas bancarias abiertas en el extranjero antes de 2016 y no declaradas en el modelo 720. En un altísimo porcentaje, los fallos del TJUE se ajustan en gran medida a las conclusiones previas del Abogado General. Si en esta ocasión también se confirma esta regla y el TJUE valida el delito fiscal eterno, el emérito podría caer en las redes del 720, como ya les sucedió con anterioridad Rodrigo Rato o Jordi Pujol.
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