Opinión | Editorial

El Periódico

Un debate en la función pública

La existencia de equipos estables es una condición para la prestación correcta del servicio a los ciudadanos en sectores como la educación y la sanidadLa existencia de equipos estables es una condición para la prestación correcta del servicio a los ciudadanos en sectores como la educación y la sanidad

Manifestación de interinos contra el abuso de temporalidad en la Administración, el 15 de febrero de 2020 en Madrid.

Manifestación de interinos contra el abuso de temporalidad en la Administración, el 15 de febrero de 2020 en Madrid.

Las cifras son elocuentes y nos hablan de un problema endémico en todo el país y, de manera especial, en Catalunya: el grado excesivo de trabajadores de las administraciones que lo hacen en calidad de interinos. Se calcula que en España el porcentaje llega al 28% de los empleados en el sector público (unos 900.000 trabajadores con contrato eventual) y en el ámbito de la Generalitat la Plataforma d’Interins de Catalunya (PIC) sostiene que en algunos sectores llega al 60%. Una sentencia de 2020 del Tribunal de Justicia de la Unión Europea dejaba claro que la falta de convocatoria de nuevos procesos de selección en España durante el periodo de ajuste de las cuentas públicas de los últimos años causaba una perpetuación de la temporalidad y, en consecuencia, la imposibilidad de acceso a una plaza fija, al tiempo que criticaba «la utilización abusiva de sucesivos contratos de trabajo de duración determinada», en cualquier caso con unos índices superiores a la media europea. El caso ha llegado ahora a un tribunal de Barcelona, que investigará si la política laboral en materia de función pública de la Generalitat puede constituir incluso un presunto delito de prevaricación administrativa, a instancias de una querella presentada por la PIC. Se pone así sobre la mesa una problemática endémica que afecta a todo el país, pero que se concentra especialmente en los ayuntamientos y, como consecuencia de que los dos sectores más afectados sean la sanidad y la educación, de forma más intensa en las administraciones de las comunidades autónomas, que gestionan ambos servicios públicos. 

En juego está también, con todo, el choque de derechos e intereses entre este colectivo laboral en situación de agravio comparativo respecto a los funcionarios con plaza en propiedad y otro en situación de aún mayor fragilidad, promociones de titulados que intentan acceder a puestos de trabajo en la Administración. Las convocatorias de nuevas plazas son y deben ser abiertas. Mientras los primeros critican que sus años de dedicación no reciben el reconocimiento suficiente en los concursos, la Generalitat plantea que se recogen de la única forma que legalmente tienen justificación, en forma de valoración de méritos y experiencia. Y quienes no han podido acumular esta experiencia pueden alegar que no se les puede bloquear en la práctica la posibilidad de concurrir en condiciones de igualdad.

El correcto ejercicio de la función pública implica necesariamente una estabilidad, especialmente en determinadas áreas que son pilares del Estado del bienestar y en las que la existencia de equipos consolidados, que no fosilizados, es una de las condiciones para la prestación de un buen servicio público, como la educación y la sanidad, con altos niveles de inestabilidad laboral y contratos precarios. Algo que puede ser compatible, allí donde la flexibilidad sea necesaria y las fórmulas de gestión de lo público puedan adoptar formas más ágiles, con la existencia de personal laboral.

La reducción de los altos índices de temporalidad figura entre los compromisos del Ejecutivo español para acceder a los fondos 'Next Generation' y es un reto que deben asumir también todas las administraciones, que se enfrentan al reto de su modernización poniendo como objetivo capital la satisfacción de los intereses y necesidades de los ciudadanos.