Medida cuestionada

La intimidad en las elecciones

El estado de salud de una persona puede deducirse de su presencia en el lugar y momento reservados a las personas contagiadas por coronavirus en los comicios del 14-F

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Xavier Arbós

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La Generalitat ha elaborado un manual para las mesas electorales que contiene medidas específicas para los comicios que tendrán lugar previsiblemente el 14 de febrero. Antes que nada, hay que elogiar el esfuerzo para prevenir el máximo los contagios, así como la pedagogía de la dirección general responsable de los procesos electorales. Pero también conviene comentar un aspecto que debe ser tenido en cuenta, sobre todo por los informadores. Entre las medidas previstas se encuentra la reserva de la franja horaria entre las 19.00 y las 20.00 horas para que voten en las mesas las personas en cuarentena. Ahí pueden surgir problemas en relación con algunos derechos importantes. Se trata del derecho a la intimidad y a la propia imagen, que encontramos en el artículo 18.1 de la Constitución (CE), en la legislación que lo desarrolla, y en el Reglamento de la Unión Europea de 27 de abril de 2016. 

Entre las 19.00 y las 20.00 horas debería ir a votar una persona en cuarentena, que puede haber dado positivo por coronavirus, ser un allegado o un caso sospechoso. Eso significa que puede ser considerada como tal por los miembros de la mesa o por cualquier otra persona que se encuentre en el local en ese momento. Este solo hecho, a mi juicio, no significa por sí mismo la violación de ningún derecho. Tampoco lo es el que en la mesa se anote que tal persona ha votado, siempre que no precise la hora. Esto es, que no se vincule esa información —la hora— con el nombre de la persona.

Durante el proceso electoral nadie debería registrar ninguna información capaz de identificar a una persona con su estado de salud, real o supuesto. Eso significaría una probable vulneración del derecho a la intimidad de esa persona. El hecho de votar en una determinada franja horaria no es en sí mismo un dato sanitario, pero todo lo que puede sugerir un determinado estado de salud debe ser tratado como algo que corresponde a la intimidad de las personas. A veces esa intimidad se encuentra inevitablemente expuesta, como cuando los vecinos observan cómo una ambulancia se lleva al inquilino de uno de los pisos del edificio. Pero nadie tiene derecho a tomarle una foto en ese trance ni a difundirla sin su consentimiento. El derecho a la intimidad protege el ámbito más privado de la persona, del que nada debe ser descubierto sin su consentimiento. 

Vivimos tiempos en los que cualquier información puede ser mal empleada, cuando no distorsionada deliberadamente

Eso debe ser tenido en cuenta también por cualquiera que desee tomar fotos o informar de las votaciones en esa hora. Como saben los profesionales, se pueden tomar fotografías de espacios públicos en los que aparezcan personas. Cualquiera de ellas, en teoría, podría oponerse a aparecer en ellas de un modo en que se la pueda reconocer. Pero también se sabe que, sobre ese derecho a la propia imagen, puede prevalecer el derecho a emitir información que la Constitución, artículo 20.1.d CE, prevé. Estamos acostumbrados a ver imágenes del día de votación de muchas elecciones, y no se sabe que ninguna de las personas que aparecen en ellas haya planteado ninguna objeción. En cambio, el 14 de febrero, a partir de las 19.00 horas, ya no será lo mismo en los colegios electorales. No estará en juego solamente el derecho a la propia imagen, sino también el derecho a la intimidad.

Pongamos que se difunde la imagen de una persona reconocible a pesar de la mascarilla, acompañada de cualquier información que permita suponer que está votando en la hora reservada a los electores considerados positivos por coronavirus. Si es así, se puede estar poniendo en riesgo, además del derecho a su propia imagen, el derecho a su intimidad. No porque esa imagen desvele un dato sanitario concreto: esa foto no revelaría ningún contenido de la historia clínica. Pero el estado de salud de una persona puede deducirse, sin conocer su diagnóstico, de su presencia en el lugar y momento reservados a las personas contagiadas por coronavirus. Por esa circunstancia, su vida social podría verse seriamente afectada.

El uso de las mascarillas hace poco probable el riesgo que aquí se evoca. Pero vivimos tiempos en los que cualquier información puede ser mal empleada, cuando no distorsionada deliberadamente. Por ello, también en este campo hay que extremar las precauciones.

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