Análisis

Por una pancarta

La sentencia no se plantea la pregunta clave: si la norma que prevé el delito de desobediencia estaba pensando en que alguien se aparte de una orden cualquiera, o bien solo de una orden que impida un comportamiento grave

Dos trabajadores de la Generalitat retiran la pancarta.

Dos trabajadores de la Generalitat retiran la pancarta. / periodico

Jordi Nieva-Fenoll

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La Generalitat vuelve a estar vacante de 'president'. Nunca en este período histórico, salvo en los últimos tres años, se había dado una circunstancia así. Un 'president' había sucedido a otro hasta que sobrevino <strong>la absurda declaración de independencia y la inaudita destitución vía artículo 155</strong>. Ahora ha sido a través de de los tribunales. Las instituciones catalanas tenían algo de intocable que todo el mundo percibía desde su recuperación tras la dictadura. Pero ese algo, por desgracia, se ha esfumado. Desde luego, no ha ayudado que se hayan improvisado instituciones paralelas a las legales que, a la vista está, han resultado tan fallidas como la declaración de independencia. Va a costar mucho esfuerzo recuperar esa imprescindible dignidad de las instituciones para que nadie se vea tentado, algún día, de hacerlas desaparecer de nuevo.

No ha ayudado a esa dignidad todo este vodevil absolutamente innecesario de la pancarta que ha acabado con la inhabilitación del 'president' de la Generalitat. Fui de los primeros en criticar con toda vehemencia que era desproporcionado inhabilitar a un presidente por haber colgado un trozo de lona. El Derecho penal no sirve para matar moscas a cañonazos. Pero justamente, que esa desproporción vaya a ser indudablemente efectiva con la destitución, evidencia la fragilidad actual de esas instituciones catalanas. Las instituciones históricas que tantísimo costó recuperar no son un freno para las legítimas aspiraciones catalanas a la independencia. Cualquiera con un mínimo de objetividad lo sabe. Sin esas instituciones y sin toda su trayectoria de los últimos casi 40 años, no se podría ni haber instalado en la cabeza de tanta gente el sueño de la autodeterminación. Lo saben bien los enemigos de ese pensamiento, y por ello es absurdo que quien dice defenderlo ponga constantemente en riesgo a esas instituciones o a los que las integran de manera temeraria.

El punto de proporcionalidad

Precisamente el punto de la proporcionalidad es el más deficitario de la sentencia que ha dictado hoy el Tribunal Supremo, cuya firmeza ha declarado el Tribunal Superior de Justicia con la lógica inmediatez que requiere la relevancia del caso. El Tribunal Supremo reflexiona sobre ese punto acerca de que el legislador debe tener en cuenta la proporcionalidad a la hora de establecer las penas, así como que debe tener presente el principio de “intervención mínima”: en palabras llanas, que no cualquier cosa debe ser delito, sino solo aquello que sea más grave, y únicamente cuando sea realmente grave.

Pero el tribunal soslaya por completo esta última parte, que es la más relevante en este caso, también eventualmente para el Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Nadie discute que Torra desacató a la Junta Electoral Central. Podríamos hasta asumir que una pancarta en favor de los políticos presos es partidista. La pregunta es si eso simplemente, colgar una pancarta y no querer descolgarla, debe ser constitutivo de delito, y si su comisión debe acarrear la destitución de un presidente democráticamente elegido. En ese punto no entra la sentencia, que burocráticamente se limita a constatar que el hecho que prevé la norma se ha producido, aplicando la pena. No se plantea en absoluto la pregunta clave: si la norma que prevé el delito de desobediencia estaba pensando en que alguien se aparte de una orden cualquiera, o bien solamente de una orden que impida un comportamiento grave. El Derecho penal debería ocuparse solamente de esto último, y así lo deben establecer los tribunales en favor del reo, como están obligados en todas sus interpretaciones. No es lo mismo que un cargo público se niegue a obedecer órdenes para proteger a una población de una desgracia natural, por ejemplo una pandemia, o que no quiera descolgar una pancarta, una simple pancarta.

Conducta reprobable del 'president'

Con esto no quiero decir que la fachada del Palau de la Generalitat deba ser un muro donde colgar proclamas políticas. Bien al contrario, y especialmente en período electoral, las instituciones deben reflejar –todas ellas– neutralidad y hacer gala siempre de ella. En este sentido, la conducta del 'president' fue reprobable. Nada tenía que ver con la libertad de expresión lo que estaba haciendo, sino con un simple respeto por quien no comulga con su opción política.

No debe seguirse por esta senda. El Parlament y el Palau de la Generalitat deben estar al margen de cualquier trifulca propagandística, porque esa es la única forma en que todos los ciudadanos sientan suyas esas instituciones y las defiendan, voten a quien voten.

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