tribuna

Nuestro sistema fiscal en tiempos de pandemia

Un recargo del 1% en el impuesto del patrimonio para bases de más de dos millones aportaría unos 1.800 millones

Oficina central de la Agencia Tributaria, en la plaza de Letamendi de Barcelona.

Oficina central de la Agencia Tributaria, en la plaza de Letamendi de Barcelona. / periodico

Alejandro Esteller-Moré / José María Durán

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Una de las lecciones de esta crisis es el valor de “lo público”. Ante la pandemia, nuestro sistema sanitario ha respondido, pero también se han canalizado líneas de liquidez hacia empresas y trabajadores para, en la medida de lo posible, atenuar los efectos financieros del confinamiento. Estas y otras políticas tienen un coste fiscal, que tendremos que pagar entre todos. Ante un 'shock' de este tipo, es normal que tal factura fiscal se financie con endeudamiento, lo cual quiere decir que todos somos hoy más pobres y que tal pasivo tendrá que ser devuelto en el futuro.

El hecho de que el 'shock' no haya sido debido a unos desequilibrios macroecónomicos del país junto con los bajos tipos de interés real hacen que, a pesar de que el nivel de endeudamiento se dispare, no es esperable que su aumento vaya a generar un problema de sostenibilidad (esto es, de capacidad de repago) en el corto plazo como sí lo pudo llegar a generar durante la anterior crisis financiera. Que no se vislumbren problemas de sostenibilidad no quiere decir que no debamos estar atentos a su nivel. Dado un coste de la financiación, tasas elevadas de crecimiento y la generación de superávits estructurales primarios (o una combinación de ambas circunstancias) deben hacerlo sostenible. España, no obstante, no tiene una gran “experiencia” en generar superávits públicos. Es por ello por lo que es relativamente urgente comenzar, siquiera, a planificar una reforma fiscal que lo garantice. Esto también se ha hecho más patente a raíz de la pandemia.

Ahora bien, pendiente de esa reforma estructural, cabe pensar en alguna actuación extraordinaria por el lado de los ingresos públicos para evitar un crecimiento excesivo del endeudamiento y atenuar, más aún, los riesgos de sostenibilidad. Lo que se suele plantear en estas ocasiones, con poco éxito, dicho sea de paso, es un gravamen extraordinario sobre el patrimonio. A lo largo de siglo XX, se ha planteado en diversas ocasiones, pero sólo fructificó, en unas condiciones muy particulares, en Japón después de la Segunda Guerra Mundial.

En todos los casos, se llegó a plantear, ya sea en AlemaniaItalia o Reino Unido, a consecuencia de los gastos bélicos o prebélicos que aumentaron el estoc de deuda pública de esos países. Por ejemplo, esto es lo que Landais, Sáez y Zucman, destacados economistas franceses, proponen; es lo que la literatura considera como más apropiado para una distribución justa del incremento de deuda en el corto plazo. Un recargo en el IRPF, por ejemplo, no conseguiría que las ganancias del capital acumuladas durante la crisis y no realizadas quedaran gravadas. Además, implícitamente, un incremento del gravamen de la renta está gravando el ahorro, pero también el consumo, mientras que un gravamen sobre el patrimonio solo grava el ahorro. Si nos interesa fomentar el consumo en el corto plazo y, por tanto, la actividad, el gravamen del ahorro es más adecuado. La propuesta de los economistas franceses se plantea a nivel de la UE – muy difícil de llevar a la práctica –para evitar, en la medida de lo posible, la huida de capitales.

Sin duda, ese es uno de los problemas de este tipo de imposición extraordinaria. Si la medida es inesperada, las reacciones del capital serán menores, pero resulta difícil que, en la práctica, así lo sea. Además, queda el riesgo reputacional: es muy importante que las autoridades fiscales dejen claro que no volverán a llevar a cabo este tipo de política fiscal. La reputación se podría conseguir a través de un “pacto fiscal”, donde, por ejemplo, entre otras cuestiones, quedase clara la excepcionalidad de esta medida.

La posible ventaja de España respecto de otros países es que ya disponemos de un impuesto sobre el patrimonio; cuestión distinta es de si aprovechamos o no toda su potencialidad. Manteniendo su estructura legal intacta (incluyendo exenciones y el límite a la confiscatoriedad), un recargo del 1% para los contribuyentes con una base liquidable superior a los dos millones de euros (que representan el 0,22% de la población adulta) podría llegar a generar una recaudación extra de unos 1.800 millones de euros, y de unos 3.000 millones de euros si el recargo es del 2%. Los tipos medios efectivos serían del 0,22% y del 0,34% sobre la riqueza neta de estos contribuyentes, respectivamente. Es una recaudación potencial y que, como mucho, pudiera disminuir entre, digamos, 1,5 y 3 puntos porcentuales el incremento de la deuda sobre el PIB. Ahora bien, más allá del aspecto financiero, y en la medida en que deviniera de un pacto de Estado, dejaría clara la responsabilidad de los más pudientes en el pago de la factura fiscal de esta crisis. No sería ese un mal dividendo de este ajuste fiscal.

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