al contado
¿La Constitución? Depende de para qué
El Gobierno del PP se saltó la Carta Magna para regular los pagos fraccionados de grandes empresas como ya hizo con la amnistia fiscal
Agustí Sala
Redactor jefe de Economía
Además de El Periódico, trabajé de 1989 a 1990 en La Economía 16, como responsable de Economía en el Diari de Barcelona, de 1989 a 1990; en la sección de Economía de TVE Catalunya de 1987 a 1989, en Antena 3 de Radio, de 1985 a 1987 y en el Diari Menorca, de 1983 a 1985 y Radio 80-Menorca. Además la licenciatura en Ciencias de la Información por la Universitat Autònoma de Barcelona (1992-1986), tengo un posgrado en dirección general (PDG) 2011-2012y un curso de Márketing Digital y Redes Sociales por la EAE Business School
Agustí Sala
Pocos apelan tanto a la Constitución como el PP. Se diría que la blanden en muchas ocasiones como unos principios sagrados, como una ley natural. Pero eso, de todas formas, depende, como diría en una de sus canciones el gran Pau Donés, recientemente fallecido.
Cuando se trata de los impuestos cuando gobiernan, la cosa cambia. O eso parece después de varapalo del <strong>Tribunal Constitucional</strong> a los pagos fraccionados del 23% que impuso en el 2016 a las grandes empresas en el impuesto de sociedades el entonces ministro de Hacienda popular, Cristóbal Montoro. Este es ya el segundo golpe importante del Constitucional al Gobierno del PP en materia tributaria después del que le asestó por la amnistía fiscal del 2012, si bien, como ahora, con pocas repercusiones.
Como entonces, la sentencia no es tanto por el fondo de la cuestión, es decir, determinar si se vulneraba el principio de capacidad económica de las empresas afectadas, como por la forma empleada para implantarlo: el real decreto ley. Así es como lo planteó la Audiencia Nacional . Y algo se debía oler el Gobierno de Mariano Rajoy ya que elevó ese precepto a la categoría de ley a través de los Presupuestos del Estado del 2018, esos que aún están vigentes y que elaboró el propio Montoro.
Este pago mínimo fue una treta contable para hinchar los ingresos del ejercicio, ya que una buena parte de estos se tenían que devolver al siguiente. Pero, al dar continuidad a este carrusel de un año para otro, podía mantenerse la ficción. De hecho, en el 2014 y 2015, el tándem Rajoy-Montoro ya impuso un pago mínimo, que eliminó en el 2015 y tuvo que recuperar en el 2016 porque se desplomó la recaudación del impuesto de sociedades.
En los dos casos cuestionados por el Constitucional, el anterior Gobierno recurrió al real decreto ley basándose en la necesidad urgente de aumentar los ingresos públicos, en circunstancias dramáticas pero no tanto como las actuales. Incluso el 'Financial Times' criticó entonces al Gobierno de Mariano Rajoy por recurrir en exceso a una modalidad legal que "debilita el parlamento e incrementa la incertidumbre legal", pese a contar con mayoría.
Curiosamente, hoy los populares han sido los más críticos con el Gobierno del PSOE y Unidas Podemos por echar mano con frecuencia de esta fórmula legal durante una pandemia que carece de precedentes. La manida táctica política de denunciar la paja en el ojo ajeno cuando tenemos una viga en el propio. Para el PP, la Constitución cuyo cumplimiento tanto exige a otros, es sagrada, aunque depende cuando esta limita su capacidad de actuación. Como los tribunales tardan en resolver, la estrategia consiste en actuar y dejar que el tiempo haga su trabajo: olvido y, como mucho, un reproche moral. Sale muy a cuenta.
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