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Empieza el segundo juicio al 'procés'

La Audiencia Nacional debe aclarar definitivamente el papel de la cúpula de los Mossos el 20-S y el 1-O

Josep Lluis Trapero

Josep Lluis Trapero / periodico

Este lunes se inicia en la <strong>Audiencia Nacional </strong>el segundo juicio por los acontecimientos de septiembre y octubre del 2017 en Catalunya. Comparecen como acusados el entonces mayor de los Mossos, Josep Lluís Trapero, la intendente Teresa Laplana y la cúpula política del cuerpo: el exdirector de la policía autonómica Pere Soler y el exsecretario de la Conselleria d’Interior Cèsar Puig. Para todos, excepto para Laplana, la fiscalía pide 11 años de cárcel por delitos de rebelión y cuatro para la intendente por sedición.

La primera consideración que cabe hacer es que el delito de rebelión debe ser sustituido por el de sedición, como parece que ya ha decidido la fiscalía, en concordancia con la sentencia de la Sala Segunda del Tribunal Supremo, que condenó a los dirigentes independentistas por sedición, desestimando la rebelión que la fiscalía mantuvo hasta el final. La defensa de Trapero solicitó ya el cambio de calificación al hacerse pública la sentencia del Supremo, pero la fiscalía se negó, aduciendo que la ley de enjuiciamiento criminal reserva la modificación de la acusación a la vista oral, una vez examinada la prueba. Esperemos que lo haga en las conclusiones definitivas del juicio, que se prevé que dure siete semanas.

Además de este cambio ineludible, el juicio debe servir para aclarar definitivamente el papel de los Mossos los días 20 de septiembre y 1 de octubre del 2017, después de que los políticos pusieran a la policía de la Generalitat en una situación muy comprometida. Por ejemplo, el ‘conseller’ Joaquim Forn al declarar que los Mossos garantizarían la celebración del referéndum ilegal. Muchas de las imputaciones hechas a la policía autonómica posteriormente fueron exageradas e injustas y por eso deben aclararse en este juicio. La cúpula de los Mossos sostiene que el cuerpo siempre cumplió con las instrucciones del Tribunal Superior de Justícia de Catalunya de actuar con contención y preservando la convivencia y la paz social y que el 20-S, además de no ser avisados por la Guardia Civil, no se dispersó la concentración por «sentido común». La prueba de que no había una connivencia con los planes del Govern sería la afirmación de Trapero, como testigo en el juicio del Supremo, de que estaba dispuesto a detener al ‘president’ Carles Puigdemont si se lo ordenaba la justicia. Sin embargo, esta versión choca con lo que establece la sentencia del 14 de octubre cuando afirma que los Mossos actuaron de forma «aparente» y en «un mínimo número» de centros para interferir la votación del 1-O y añade que en algunos casos recogieron y trasladaron el material electoral.

Cuál es la realidad ante estas dos visiones enfrentadas de lo que ocurrió es lo que debe dilucidar la Audiencia Nacional, ya que la justicia decidió en su momento separar las causas y examinarlas en tribunales distintos. La sentencia del Supremo será, sin duda, tenida en cuenta, pero lo que empieza este lunes es un juicio distinto, que ha de establecer unos hechos probados y dictar una sentencia, que podrá después ser revisada por la misma Sala Segunda del Supremo.