Los CDR detenidos

Un relato que violenta

El Parlament da un salto al vacío al equiparar la desobediencia civil con la institucional. En un Estado de derecho, las instituciones se deben al principio de legalidad.

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zentauroepp50211358 opinion leonard beard191003181254 / LEONARD BEARD

Rafael Jorba

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En política no existen axiomas universales. No es verdad, por ejemplo, que el socialismo haya sido siempre pacifista, pero sí lo es que Jean Jaurès, uno de sus referentes, fue asesinado en vísperas de la Gran Guerra por serlo. Lo mismo puede decirse de otras ideologías. Este es el caso del movimiento independentista catalán: no es verdad que históricamente no haya sido nunca violento, pero sí es cierto que los líderes del 'procés' han hecho bandera de la no-violencia.

No existen axiomas universales, pero sí derechos fundamentales. Uno de ellos es la presunción de inocencia, inscrita en la Declaración Universal de Derechos Humanos: “Toda persona acusada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad” (artículo 11). Este es ahora el caso de los <strong>siete miembros de los CDR</strong> en prisión preventiva por orden de un juez de la Audiencia Nacional: gozan de la presunción de inocencia.

Incluso en el caso de que un día fueran declarados culpables, hay que recordar que no existen sentencias colectivas, es decir, esta culpabilidad se circunscribiría a cada uno de los encausados, en función de su grado de responsabilidad, sin que pudiera extrapolarse al conjunto del movimiento independentista. Sin embargo, es una temeridad que a partir de un axioma -el independentismo no es violento- se dicte 'a priori' una sentencia de absolución y se aliente una actitud de descrédito de la justicia que perjudica a los 12 procesados por el caso del 1-0 a pocos días de que se dicte sentencia.

Entre tanto, hay que constatar que hay relatos que violentan. Este es el caso del relato del 'procés', refrendado en las resoluciones aprobadas el 26 de septiembre al término del debate de política general del Parlament. No solo no hacen propósito de enmienda, sino que insisten en la hoja de ruta marcada por la resolución sobre el inicio del 'procés' (9/IX/2015) y las conclusiones de la comisión de estudio del proceso constituyente (27/VII/2016), es decir, la vía unilateral que culminó en los hechos de septiembre y octubre del 2017: las “leyes de desconexión”, el 1-O y la declaración de independencia. (Se constata que ERC, dicho sea entre paréntesis, acaba volviendo a la unilateralidad cuando es puesta entre la espada y la pared por sus compañeros de viaje de JxCat y la CUP).

Desobediencia civil e institucional

A la literalidad de las resoluciones me remito: “El Parlament de Catalunya afirma la legitimidad de la desobediencia civil e institucional, como instrumentos en defensa de aquellos derechos civiles, políticos y sociales que puedan ser lesionados”, “El Parlament reconoce que Catalunya ejerció el derecho a la autodeterminación el 1 de octubre del 2017”, “El Parlament (...) considera que en el caso que finalmente se dicte sentencia, esta sólo puede ser de absolución”, “El Parlament encuentra necesaria (...) la retirada de Catalunya de los efectivos de la Guardia Civil dado que se han mostrado abiertamente como una policía de cariz político”.

La literalidad de estas resoluciones plantea problemas de forma y de fondo. En el plano formal, el Parlament da un salto al vacío al equiparar la desobediencia civil con la desobediencia institucional. En un Estado de derecho, los ciudadanos pueden desobedecer (y deberán responder por ello), pero las instituciones se deben al principio de legalidad. Sin embargo, si la Generalitat, con el 'president' Torra a la cabeza, quiere desobedecer, lo tiene fácil: puede abrir la puerta de las prisiones de su competencia para que salgan los nueve procesados. El problema sería doble: sería necesario que los funcionarios de prisiones y los mossos obedecieran la orden y que los propios presos quisieran salir.

Violencia defensiva

La cuestión de fondo es más compleja: si es verdad todo lo que se desprende del relato procesista -un Estado español que vulnera los derechos fundamentales, una policía política que persigue al independentismo, una justicia sin legitimidad, un Gobierno que actúa para mantener la razón de Estado, la escalada represiva con la cárcel y el exilio...-, si todo ello fuera cierto, algunos ciudadanos catalanes pueden considerar que sería un delito de lesa patria no responder con todos los medios a su alcance.

Si el marco de injusticia suprema que se colige del relato independentista fuera cierto, habríamos de concluir con Gandhi, el apóstol de la no-violencia, que podría optarse por la violencia defensiva: “Allí donde sea preciso elegir entre la violencia y la cobardía, aconsejaré la violencia”. Y a la misma conclusión se podría llegar desde el relato opuesto del nacionalismo español. Y, por desgracia, aquí estamos.