Opinión | LIBERTAD CONDICIONAL

Lucía Etxebarria

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Rocío Carrasco y la víctima revictimizada

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El Consejo General del Poder Judicial ha reiterado en numerosas ocasiones que el número de denuncias falsas interpuestas por violencia de género es insignificante: El  0,8%.

La televisión nos ha dado un ejemplo lamentable de una nueva paletada sobre la tumba de la verdad de las mujeres, cuando ha permitido afirmar a Antonio David Flores que la demanda que le interpuso Rocío Carrasco era una denuncia falsa. Esto no es cierto.

Antonio David Flores NO ha sido absuelto. La causa ha sido archivada. Es diferente Y el propio hecho de calificar públicamente la demanda como «denuncia falsa» podría considerarse como nuevo ataque contra Rocío Carrasco.

¿Por qué los tribunales, entonces, no han condenado a Antonio David? La abogada Eva Cornudella me cuenta que los jueces suelen archivar las casusas de malos tratos psíquicos. En unos casos, porque minusvaloran la situación de riesgo. Les parece que la salud mental de la víctima no es tan importante, porque sitúan la integridad psicológica de la víctima por debajo de su integridad física.

En otros, porque no es fácil vincular la sintomatología psicológica de la víctima con el hecho denunciado. Si el abogado defensor dice, por ejemplo, que la causa del estrés que muestra la víctima puede confluir en el tiempo con otros hechos traumáticos, como por ejemplo la muerte de un ser querido, ya puede haber una duda razonable. Y en Derecho existe el principio de presunción de inocencia que obliga a absolver al imputado si existe duda razonable.

Demostrar 
el maltrato 
psicológico 
ante un tribunal 
es muy difícil

Y finalmente, se detecta una tendencia a justificar los malos tratos contextualizándolos en una situación que se califica como «problemas habituales en una separación». La angustia de la víctima se percibe como subjetiva. A cualquiera nos puede pasar, dicen.

En conclusión: El problema reside en vincular la angustia con la actuación del agresor.

Si enlazamos lo anterior con el hecho de que la mayoría de los actos de maltrato suceden en el ambiente privado del hogar, lejos de testigos, nos encontramos con que demostrar el maltrato psicológico es muy difícil. 

Y es que los principios que rigen el Derecho Penal exigen que haya pruebas objetivas que lleven a la convicción inapelable. Cualquier duda razonable implica absolución. Ya que existe el principio de la inocencia del reo en caso de que exista duda razonable.

Solo profesionales de la psicología  con experiencia  en violencia de género pueden, tras evaluar a las víctimas, probar la existencia del maltrato psicológico de una manera clara ante los tribunales. Y por eso Vox se ha querido hacer con los listados de los profesionales en psicología que integran las unidades de valoración adscritas a los juzgados de violencia sobre la mujer. Para que esta evaluación pase de complicadísima a imposible.

Lo que el Derecho no aprecia es que los malos tratos psicológicos son tan peligrosos como los malos tratos físicos. Incluso más. Precisamente porque no se ven. Precisamente  porque en el entorno nadie entiende la víctima ni la protege, porque suelen apoyar al agresor.

Por eso a  la víctima se la revictimiza. Se la tacha de mentirosa o de loca. 

Antonio David Flores ha sido imputado por un delito económico. Alzamiento de bienes, por falsear sus ingresos y no pagar la pensión a Rocío Carrasco. Sobre esto sí existen, según la Fiscalía que le pide tres años de prisión, pruebas irrefutables. Bah, un detallito de nada.