Opinión | LIBERTAD CONDICIONAL

Lucía Etxebarria

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Si te grita y te insulta, no te quiere

Recientemente Miki Nadal, ha sido condenado por un delito de vejaciones injustas leves. Este delito implica:

–Un trato degradante a otra persona, menoscabando gravemente su integridad moral.

Es decir: Expresiones punibles , en el marco de una conducta que «maltrate a una persona haciéndola sentirse humillada».

–Que sea sistémico, que se «aprecie habitualidad». Que haya «cierto número de actos de violencia acreditados» y que exista «proximidad temporal de los mismos».

Es decir: El juez no entiende que Miki Nadal haya perdido la cabeza en un arrebato y se le haya ido la boca, sino que es un comportamiento habitual. Que ha sucedido más de una vez.

–Que  la  persona vejada sea cualquiera con la que se pruebe que el agresor mantiene o ha mantenido una relación de afectividad. Se especifica en el artículo 173.2, que es muy largo, pero lo resumo:  Cualquier persona «integrada en el núcleo de su convivencia familiar».  Puede ser aplicado a tu cónyuge, pero también a tu familia o a cualquiera que viva en tu casa. Puede ser una pareja o antigua pareja, aunque no viváis bajo el mismo techo. Puede ser tu hijo, tu hermana, incluso tu cuñada.

Es decir:  Esta no es «una medida de las 'feminazis'», y no es cierto que «si se lo hubiera hecho ella a él no habría pasado nada». Si ella se lo hubiera hecho a él habría pasado exactamente lo mismo. El artículo no menciona géneros.

Hay quien
entiende el trato 
degradante 
como parte de la
vida. Y no es así 

–Que sea unilateral y no recíproco. Por eso se llama «injusto».

Es decir. No es «es que ha presentado una cinta de una discusión en que ambos se decían de todo, pero ha borrado las partes en las que hablaba ella». Las grabaciones se examinan tanto por perito informático de parte (el que haya aportado Miki Nadal) como por el informático perito de juzgado, y por lo tanto el juez está en posición de determinar que sí, que ha sido injusto. Que solo ha ido de él a ella.

–Otro detalle importante es que una infidelidad no justifica nunca cometer un delito. Así que es absurdo que Miki Nadal diga que «se me fue la cabeza porque descubrí que mi mujer me había sido infiel». Tan absurdo como si yo dijera «se me fue la cabeza porque descubrí que mi novio se metía rayas de cocaína sin decírmelo». O «se me fue la cabeza porque descubrí que mi novio había sacado 3.000 euros de la cuenta corriente sin avisar». Los tres supuestos implican una ruptura de acuerdos pactados en una pareja. Pero si alguien incumple un acuerdo usted puede expresar su desacuerdo y proponer una renegociación de condiciones, o bien romper el acuerdo. Nadie le autoriza a usted a cometer un delito.

Por otra parte, no existe prueba alguna de que Carola Escámez haya sido infiel a Miki Nadal. Ninguna.  Pero, repito, si lo hubiera sido esto no hubiera supuesto atenuante. Si tu pareja es infiel tienes la oportunidad de irte, no hace falta insultar o gritar.

Recibo miles de mensajes cada día en mis redes sociales. No suelo contestarlos por falta de tiempo. Pero hay mensajes realmente tristes de personas que reciben este trato degradante por parte de familiares o parejas. Lo entienden como parte de la vida, como algo sobre lo que no pueden hacer nada. Y no es así. No es lo normal, no es sano: es un maltrato. Como tal debes entenderlo y como tal lo debes denunciar. Esta sentencia tan mediática puede que sea la primera piedra para construir un camino que enseñe a los agresores que no deben insultar o gritar y a los agredidos que no tienen por qué consentirlo.

A los agresores, un consejo: Existen programas cognitivo conductuales de gestión de la ira. Si el que los sigue tiene voluntad de cambio, suelen ser eficaces. De nada.