Análisis

La lista ya cayó

Es más que dudosa la efectividad de publicar el nombre de quienes deben más de un millón a Hacienda

Oficina central de la Agencia Tributaria, en la plaza de Letamendi de Barcelona.

Oficina central de la Agencia Tributaria, en la plaza de Letamendi de Barcelona. / periodico

Benjamí Anglès Juanpere

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Cada vez que se publica la llamada lista de morosos de Hacienda, y ya van cinco años, se abre el debate sobre las razones y efectividad de la misma, así como la posible vulneración de los derechos de los que allí aparecen. En primer lugar, dejar claro que esta lista reúne a los principales deudores con Hacienda, es decir, aquellos que no han ingresado dentro del plazo voluntario sus impuestos y sanciones por importe superior a un millón de euros. No obstante, no se especifica el por qué del impago, de modo que, además de defraudadores, también están los que simplemente no pueden pagar y los que han reclamado ante los tribunales.

En cuanto a la motivación de esta lista es evidente, Hacienda busca presionar a los que más deben para que se apresuren a pasar por caja, no sólo porque están obligados al sostenimiento del gasto público al igual que el resto de contribuyentes, sino porque es la única manera de poder salir de dicha lista y dejar de estar expuestos a la opinión pública. O sea, Hacienda entiende que publicitar que se tienen deudas con el fisco es percibido de forma negativa por el resto de ciudadanos y puede dañar el buen nombre o reputación de los incumplidores.    

Sin embargo, ni las personas insolventes ni las que han decidido enfrentarse legítimamente a Hacienda van a apresurarse a ingresar su deuda mientras su situación de falta de liquidez o de espera de una sentencia firme no varíe. De modo que, al menos en estos casos, publicar que son deudores para forzarlos a pagar y evitar el escrutinio público no sólo resulta ineficaz sino que también podría quebrantar su derecho constitucional al honor, debido a que van a ser vistos y tratados públicamente como defraudadores. 

En el 2013, el Tribunal Supremo ya declaró que la inclusión en los registros de morosos no puede ser utilizada para buscar obtener el cobro de las cantidades adeudadas aprovechándose del temor de los deudores al descrédito personal y menoscabo de su prestigio profesional, y afirmó que acudir a este método de presión representa una intromisión ilegítima en el derecho al honor.

Aunque ahora se trate de Hacienda y la publicación de la lista esté amparada por una norma legal, no tener en cuenta los motivos del impago obliga injustamente a todos los afectados a soportar el mismo correctivo público. Por cierto, se establece que el contenido de la lista tendrá que dejar de ser accesible transcurridos tres meses, como si los datos divulgados y compartidos vayan a desaparecer pasado dicho plazo. 

Según los datos facilitados, en cinco años, la lista se ha reducido en un 17% y alrededor del 40% de los que aparecían en la primera lista ya no están. Ahora bien, la mitad de las deudas actuales corresponden a empresas inmersas en concursos de acreedores cuya posibilidad de cobro, según admite Hacienda, es muy limitada ya que en la mayoría de casos terminarán canceladas. Lo cierto es que la salida de insolventes y reclamantes de la lista no suele ser por el pago voluntario de la deuda sino por la finalización del proceso en el que se encontraban, lo cual no se traduce necesariamente en un ingreso en las arcas públicas. 

Por todo ello, es más que dudosa la efectividad de publicar esta lista, más allá de permitir saciar la ¿sana? curiosidad de muchos y de querer crear un estado de opinión de reprobación que censura por igual a todos los deudores.