Contrapunto

Mejorar las hipotecas por mandato europeo

La nueva ley española de contratos de crédito inmobiliario aplica una directiva del 2014

clausulas abusivas en sus hipotecas

clausulas abusivas en sus hipotecas / periodico

Salvador Sabrià

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Han hecho falta miles de sentencias sobre cláusulas abusivas, miles de desahucios que ahora con la nueva legislación no se habrían producido, decenas de miles de litigios en los juzgados, con sus pertinentes y elevados costes para los particulares y la sociedad en general, en fin, un alud de problemas que podrían haberse evitado para que finalmente se actualice la legislación hipotecaria española y se adapte a las directivas vigentes en la Unión Europea. Es más, incluso ha hecho falta que se inciase un proceso sancionador por parte de las autoridades europeas para que finalmente el Gobierno español haya reaccionado y se haya podido aprobar la nueva legislación hipotecaria, que fue publicada este sábado en el BOE y entrará en vigor el 16 de junio.

El Gobierno del Partido Popular demoró tanto tiempo la adopción de las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas para cumplir la directiva del 2014 del Parlamento Europeo y del Consejo sobre los contratos de crédito celebrados con los consumidores para bienes inmuebles de uso residencial que la Comisión Europea demandó a España. Precisamente la vista del Tribunal de Justicia de la Unión Europea ((TJUE) para imponerles la multa está fijada para el próximo 28 de marzo, aunque ahora posiblemente ya no tiene sentido dado que finalmente el Gobierno socialista aceleró los trámites y consiguió aprobar el nuevo texto legal. La multa coercitiva que se pedía era de 105.991,60 euros diarios, "teniendo en cuenta la gravedad y la duración de la infracción y el efecto disuasorio en función de la capacidad de pago de dicho Estado miembro". 

Ahora, tanto el sector bancario español como el Banco de España se han dado prisa a advertir de que la nueva legislación --que sólo hace que cumplir con lo exigido por Europa desde el 2014- encarecerá los costes de las hipotecas, porque las entidades financieras tendrán más dificultades para obtener el retorno con los intereses previstos de los citados préstamos. 

La nueva normativa impedirá que se otorguen con la facilidad con la que se dieron a principios del boom hipotecas a clientes con un elevado perfil de riesgo. Y también dificultará que se ponga en marcha un desahucio a la mínima que el cliente deje de pagar una o dos cuotas, como había sucedido hasta ahora. También se reducen las comisiones para reembolso anticipado, como sucede en los créditos al consumo, tanto para las hipotecas a tipo variable como fijo. Y, en su conjunto, se proteje mucho mejor al consumidor que hasta ahora, como por ejemplo al atribuir los gastos de gestoría, notaría y registro a los bancos, mientras que el cliente solamente asumirá los de tasación y los de las copias notariales. Lástima que hayan hecho falta tantos litigios para que en España se aplique la ley europea.