Chequeo al juicio

¿Son apropiadas las sesiones nocturnas?

Alargar el horario de las jornadas no es insólito, pero somete al acusado preso a un estrés añadido que es contrario a la ley

Jordi Sánchez

Jordi Sánchez / periodico

Jordi Nieva-Fenoll

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La sesión del miércoles se alargó más de lo previsto. Por alguna razón desconocida, el tribunal decidió ganar algo de tiempo a fin de que a partir del martes que viene, aunque sin una hora fija como es lógico –nunca se sabe cuánto se extenderá un interrogatorio–, declaren algunos testigos claves como Mariano RajoyMariano RajoySoraya Sáenz de SantamaríaCristóbal Montoro y Juan Ignacio Zoido.

Que se prolongue una sesión más de la cuenta no tiene nada de particular. No es frecuente, pero tampoco insólito. En principio, legalmente solo se pueden realizar actuaciones desde las ocho de la mañana hasta las ocho de la noche. La muy antigua norma, que se remonta a las XII Tablas de Roma, intentaba que los procesos se celebraran con luz solar, al no haber electricidad. Pero hoy en día se pueden alargar las sesiones si el tribunal lo considera necesario. 

Sin embargo, con ello se somete a un estrés al reo contrario a lo que dispone la ley de enjuiciamiento criminal, sobre todo en su artículo 393, ya que dicha ley se preocupa prioritariamente de que el acusado declare con la serenidad suficiente. Ese estrés, natural en cualquier interrogatorio, se acrecienta cuando el acusado está preso, lo que puede sumirle en una situación poco compatible con esa serenidad que obliga a garantizar la ley. Quizá por ello el tribunal readaptó la logística ayer, persiguiendo una mayor dignidad de los acusados, acabando la sesión a una hora mucho más razonable –las 18.30h– y no a las 21.30h, como concluyó con el acelerón del miércoles.

Pero como decía, aunque se ha hablado muy poco de ello, quizá lo más intrigante es esa citación, más prematura de lo previsto, de los políticos antes mencionados. Se ha especulado con que el tribunal quiere separar esas declaraciones del periodo electoral, lo que puede ser cierto aunque nadie lo ha confirmado oficialmente. Sea cual fuere la razón, lo cierto es que con las declaraciones de todos los acusados y de los citados testigos, sumando la documentación –escrita y gráfica– que ya obra en la causa, se podría dictar sentencia siempre que todos ellos dijeran la verdad, claro está. Es cierto que faltaría el testimonio de Carles Puigdemont y Marta Rovira, que parece esencial desde el lado de la Generalitat. Pero desde el lado de Moncloa, si hay alguien totalmente informado de lo que sucedió aquellos días, son aquellos que ocuparon la presidencia, vicepresidencia, los ministerios del Interior y de Hacienda. Ellos saben a la perfección si hubo violencia, o si sospechaban fundadamente de un plan violento, y si existió malversación.

Adelantando esos testimonios, tal vez el tribunal desea obtener una imagen panorámica de los hechos. Habrá que estar muy atentos, porque con independencia de la necesaria práctica de otras pruebas, esos testigos pueden hacer declaraciones muy ilustrativas que conduzcan forzosamente a un inmediato replanteamiento de las acusaciones y de las prisiones adoptadas. O no. Lo veremos la semana que viene.