Geometría variable

¿Ha habido precipitación en el Tribunal Supremo?

El juez del Tribunal Supremo Pablo Llarena.

El juez del Tribunal Supremo Pablo Llarena. / periodico

JOAN TAPIA

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El Tribunal Supremo es la gran instancia del tercer poder del Estado y por eso su presidente es, al mismo tiempo, el del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ). Y su sala segunda, la de lo Penal, resulta muy noticiable por ser la competente en los posibles delitos de los políticos aforados. De ahí que tanto su composición (los dos últimos fiscales generales vienen de ella) como sus decisiones sean escrudiñadas con lupa.

En la causa contra los líderes secesionistas que proclamaron la DUI el 27-O, la sala de lo penal --y el magistrado Pablo Llarena, un juez de prestigio que conoce bien Catalunya y que es el instructor-- son el centro de atención y de polémica. Es lógico, porque procesar a los exdirigentes electos de la primera comunidad autónoma de España, que tiene además lengua y cultura propias y un estatuto de autonomía con precedentes nada menos que en la II República, es un asunto de inmensa trascendencia. Además, la prisión incondicional antes de juicio y sin fianza es una medida siempre dura. En este caso, aparatosa.

Y hechos recientes indican que puede haberse actuado con alguna precipitación. Sorprende, por ejemplo, que el juez Llarena enviara el miércoles un oficio al ministro de HaciendaCristóbal Montoro, inquiriendo sobre sus declaraciones --repetición de otras anteriores e incluso de una respuesta parlamentaria de Mariano Rajoy a Albert Rivera-- diciendo: "Yo no sé con qué dinero se pagaron esas urnas de los chinos ni la manutención de [Carles] Puigdemont, pero sé que con dinero público no", cuando ya semanas antes, en su auto del 21 de marzo, el juez había acusado a los dirigentes secesionistas de malversación de recursos públicos. 

Y aún es más comprometido que España pidiera a Alemania la extradición de Puigdemont en base a dos delitos --uno de ellos malversación-- y que pocos días después el ministro de Hacienda insista en que las cuentas de la Generalitat están controladas desde el 2015 y que por lo tanto no se pudo usar dinero público. Los jueces alemanes, que deben decidir, solo pueden estar bastante desconcertados.

Por otra parte, esos jueces ya denegaron la extradición por el otro delito --rebelión-- porque no apreciaron la violencia requerida en el equivalente alemán de alta traición. Y tres magistrados del Supremo, que han dictaminado contra la pretensión de Jordi Sànchez de salir de la cárcel para su prevista sesión de investidura, al tiempo que desautorizan la decisión del tribunal alemán admiten que los hechos quizás no se expusieron con suficiente claridad y abren la puerta a pedir la extradición por sedición y no por rebelión. Y la rebelión --que exige violencia-- también es cuestionada por muchos penalistas españoles.

Todo indica que el ruido mediático y la alarma subsecuente han acabado generando una sensación de urgencia --la acusación de rebelión acarrea la inhabilitación de los acusados--, cuando en un asunto de tanta trascendencia habría sido mucho más adecuado --y encendido menos pasiones-- seguir el viejo dicho castellano: "Vísteme despacio que tengo prisa".