EL FRENTE LEGAL ANTE LA INVESTIDURA

Un arbitraje de sentido común

La unanimidad del tribunal prevaleció en un asunto muy delicado como el derecho del Parlament a elegir 'president'

Fachada del Tribunal Constitucional.

Fachada del Tribunal Constitucional.

JOAN TAPIA

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El Gobierno español ganó al aplicar el 155 porque impidió la independencia que violaba la Constitución y porque se celebraron elecciones con normalidad y la participación de todos los partidos. Y la gran mayoría de líderes independentistas han renunciado a la unilateralidad.

Pero fue una victoria a medias porque en las elecciones del 21-D los grupos secesionistas tuvieron una ajustada mayoría absoluta (70 diputados, cuando la mayoría es de 68). Pero no es una victoria electoral que permita plantear la independencia. Está muy lejos de los dos tercios de diputados que se necesitan para algo menor como la reforma del Estatut, solo tuvieron el 47,5% de los votos y ya han comprobado que la vía unilateral no funciona y conlleva negativas consecuencias. 

Tablas

Estamos ante unas ciertas tablas. El independentismo tiene derecho a gobernar, pero no a romper la legalidad. Y la digestión de esta situación, la coexistencia pacífica entre ambas partes no será nada fácil.

El independentismo tiene derecho a proponer como presidente a Puigdemont porque es el líder de la lista independentistas más votada. Pero Puigdemont no puede ser president porque está fugado y si vuelve a Catalunya, será detenido por la causa abierta en el Supremo. Puigdemont no acepta esta realidad y quizá incluso puede obligar a ir a nuevas elecciones si se propone a otro candidato sin su visto bueno. Por eso los grupos independentistas le apoyan con mayor o menor entusiasmo. Y podrían estar tentados de tolerar una trampa, investirlo a través de videoconferencia o delegando la lectura del discurso en otro diputado lo que, según casi todos los juristas -incluidos los letrados del Parlament- violaría la Constitución y el propio reglamento de la cámara catalana. En ese caso se violaría la ley.

Pero el Gobierno de Madrid reacciona contra Puigdemont que -al contrario que los dirigentes secesionistas del interior- no acepta la legalidad española y se sigue considerando el presidente legítimo. Y menos está dispuesto a tolerar una investidura ilegal (aunque luego tuviera poco recorrido). Como no se fía de que el independentismo no permita esa investidura y la quiere evitar por todos los medios, no se le ocurre otra solución -tras la sensación de ridículo por la presencia de Puigdemont en Bruselas y las contradicciones entre la fiscalía que pedía una orden de detención internacional y el magistrado del Supremo que no la ha dado- que recurrir el acto del presidente del Parlamento catalán, Roger Torrent, en el que propone a Puigdemont como candidato a presidente de la Generalitat. Pero el Consejo de Estado, órgano nada subversivo, de gran prestigio jurídico y cuyo informe es preceptivo pero no vinculante antes del recurso al Constitucional, se ha manifestado por unanimidad en contra de recurrir la candidatura de Puigdemont en base a una hipotética ilegalidad. No quiere recursos contra futuribles sino contra actos.

Clara ilegalidad

Y aquí estamos. La insistencia del Gobierno central, que ha querido resolver un conflicto político solo mediante la ley, hace que el Tribunal Constitucional tenga una papeleta, que quizá va más allá del campo jurídico e implica un cierto arbitraje político. No puede -sin perder la cara- contradecir al Consejo de Estado en el derecho del presidente del Parlamento catalán a proponer a un diputado electo, pero también le resulta muy difícil inadmitir sin más el recurso del Gobierno -mal planteado y basado solo en la creencia de que Puigdemont es el mal mayor cuando el problema real es que un 47,5% de catalanes vota listas que quieren la independencia- y que luego Puigdemont saliera elegido el martes sin necesidad de debatir en el Parlament, lo que sería una clara ilegalidad.

Y esa ha sido la sensata decisión del TC. Al contrario que en otras ocasiones, la admisión a trámite del recurso era imposible porque no podía negar el derecho del Parlament a proponer un candidato. Por eso no admite el recurso. Pero al mismo tiempo -por unanimidad y tras varias horas de deliberación- dictamina que el pleno del Parlament debe respetar la ley y que por lo tanto no puede celebrarse una investidura no presencial como -al parecer- quería Puigdemont.

Resumen un varápalo en las formas a un Gobierno que da muestras de agudo nerviosismo, pero un arbitraje equilibrado en una cuestión muy delicada. Es de sentido común que no puede ser representante del Estado en Catalunya alguien acusado de graves delitos y que desde el extranjero hace befa del carácter democrático del Estado que debe representar.