Operativos policiales

Jerarquía, subordinación y obediencia debida

Los cuerpos de seguridad deben actuar con cooperación recíproca y coordinación orgánica

TRABAJO MANO A MANO 3 Dos agentes de la Guardia Civil (izquierda) y uno de los Mossos (derecha) trabajan conjuntamente en la operación en Vinaròs (Castellón).

TRABAJO MANO A MANO 3 Dos agentes de la Guardia Civil (izquierda) y uno de los Mossos (derecha) trabajan conjuntamente en la operación en Vinaròs (Castellón).

ISABEL LLANOS LÓPEZ

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Creo en las personas que son fieles a su palabra, a sus compromisos. Me inspira confianza el profesional que pone su rigor, dedicación e integridad en su ejercicio profesional, a veces incluso en detrimento de sus propios deseos, sus pensamientos, o sus elecciones, porque no decide él, sino que debe entregarse al deber. Y ese deber es el que todos los componentes de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, del Estado o no, adquieren cuando en su jura del cargo, tras adquirir la condición de funcionario, prometen o juran la defensa de la Constitución española y el cumplimiento de la ley. Esa misma Constitución que en su artículo 14 proclama la igualdad ante la ley de todos los ciudadanos y la no discriminación por opinión.

Del resto del compromiso con el ordenamiento jurídico, quiero centrarme en la ley orgánica 2/86 de fuerzas y cuerpos de seguridad que, además de contemplar unos principios básicos de actuación que se fundamentan en "actuar con absoluta neutralidad política e imparcialidad" y con "integridad y dignidad" remarca la importancia de la sujeción, siempre dentro del ejercicio profesional, a los principios de jerarquía y subordinación, especificando que "la obediencia debida en ningún caso podrá amparar órdenes manifiestamente ilegales" (ilegal, lógicamente, es contrario a ley. Justamente a estas que estoy nombrando). 

Las leyes

La belleza de una ley se encuentra en su finalidad para otorgar a los ciudadanos un clima de calma, tranquilidad y seguridad, generando un entorno tranquilo y libre de hostilidades, que garantice una convivencia pacífica entre diferentes pensamientos, culturas opiniones o religiones. Para regular esta convivencia se hacen precisas unas directrices, las leyes. El culmen de esta ley orgánica 2/86 se encuentra en buscar proporcionar esa armonía mediante unos principios básicos de actuación idénticos y unos criterios estatutarios comunes que se basan en la cooperación recíproca y coordinación orgánica.

El dilema ético está presente, pues, en cómo cumplimos nuestros compromisos. ¿Quién es más importante, el otro, su pensamiento, su visión… o yo, mis ideas, mis puntos de vista? En el ámbito privado no puedes ser honesto con los demás si antes no lo eres contigo mismo pero, en el ámbito profesional uno se debe a las responsabilidades y obligaciones adquiridas. Y ahí, yo pienso como Evelyn Beatrice Hall (que no Voltaire): "Estoy en desacuerdo con lo que dices, pero defenderé hasta la muerte tu derecho a decirlo",  aunque eso pase a veces por proteger a un violador de un linchamiento, el derecho a la intimidad y la propia imagen  de un pederasta o la integridad física de un terrorista. Con lo que se acuesta uno cada noche, sin duda alguna, es su conciencia y yo no podría creer en mí misma si pierdo la fe en mi palabra.