Análisis

La dignidad de las personas sin excusas

¿Era necesario este espectáculo en la calle y las redes sociales a costa del bienestar de una familia?

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JOAN J. QUERALT

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Padecemos un sistema de ejecución hipotecaria que, en esencia, nace en 1909: ¡en 1909! La comisión Almenar, creada ad hoc por el anterior Consejo General del Poder Judicial, fue contundente al respecto. Persiste la escasa sensibilidad jurídica y política: lo que se revela como derecho-faro que guía las actuaciones de los poderes públicos es el derecho de propiedad. Derecho que en la Constitución –¡siempre sale la Constitución!– no es un derecho fundamental y carece, en teoría, de la sobreprotección de los derechos  fundamentales y se alza frente a la intimidad personal y familiar como ante el derecho a una vivienda digna.

En este contexto, no es de extrañar que la antigualla de la ejecución hipotecaria se mantenga, y no solo por gobiernos conservadores. Recordemos la reforma –no precisamente protectora del inquilino en materia de ejecución hipotecaria y, por tanto, del eventual desahucio– en la época de las ministras del ramo Chacón Corredor. Pese a que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea declaró el procedimiento de desahucio contrario al derecho de consumo europeo, los desahucios no han descendido.

LEY IMPUGNADA POR EL TC

Para paliar, tarde, muy tarde, algunos de estos efectos y respetando el derecho de propiedad –que ha de tener una función social–, el Parlament de Catalunya reformó en el 2015 su ley del 2007. Así se intentaban reducir algunos de los efectos más incompatibles con el derecho a una vivienda digna y se gravaban los pisos vacíos en determinadas circunstancias. Respuesta del conservadurismo y centralismo gubernamental: impugnar la ley ante el Tribunal Constitucional, obteniendo así su suspensión automática y remitiendo ad calendas graecas una solución mínimamente compatible con la dignidad de las personas.

Ayer se produjo un desahucio en Sants de una madre, sus tres hijos menores y la abuela. No entro en la razón de fondo del pleito, ni de la naturaleza del contrato, ni del derecho de los interesados a protestar y de la Plataforma de Afectados por la Hipoteca a  ayudarles. Llama la atención que, en lugar de haber negociado previamente entre afectados, juzgado, propietario –al parecer, renuente a una salida razonable y no perjudicial para él– y los gobiernos catalán y municipal, hayamos asistido a un insólito festival de intercambio de tuits entre la alcaldesa de Barcelona y los Mossos, como si estos tuvieran autonomía personal y jurídica, de las que obviamente el cuerpo carece. La cuestión –que afecta a todos los poderes públicos y no vale tirar pelotas fuera– es: ¿por qué no se ha actuado antes, ofreciendo soluciones cuando menos paliativas, aunque fueran paños clientes? ¿Era necesario generar el espectáculo en la calle, en las redes sociales y en las salas de prensa a costa de la dignidad y un mínimo bienestar de una familia en cuestión?

EL EJEMPLO DE MADRID

En Madrid, la alcaldesa Manuela Carmena, jueza de carrera y mujer práctica, al poco de llegar a su despacho de la Cibeles se reunió con sus compañeros de la plaza de Castilla y los bancos, los primeros tenedores de hipotecas. Con ley o sin ella, se llegó a acuerdos paliativos que han evitado convertir los dramas personales y familiares en munición que lanzarse entre sí los poderes públicos. No están para eso. Una reflexión y actuación conjunta se impone ya.