OPINIÓN
El tiempo no es oro, es vida
Esther Sánchez
Manager de Recursos Humanos y Profesora de Derecho del Trabajo. Analista de Agenda Pública.
ESTHER SÁNCHEZ
Según los datos del Instituto de Estudios Económicos, en el Estado español trabajamos una media de 1.665 horas al año. Pero no somos ni los trabajadores más productivos, ni los más satisfechos, ni los más ricos.
Solo con esta información, ya podríamos decir que algo no funciona bien o, cuanto menos, que tanto esfuerzo cuantitativo no está obteniendo los resultados deseables y coherentes.
El tema es recurrente. La organización del tiempo de trabajo en la mayor parte de las empresas se basa en un modelo basado en una jornada regular ordinaria de ocho horas al día, distribuidas en un horario partido y en la que las horas extraordinarias han jugado un importante papel de «sobresueldo» que, a su vez, permitía a la empresa no tener que incorporar más personas a la plantilla. A este esquema hay que añadir un modelo de retribución cuyo peso fundamental pivota en la idea «salario/hora», un sistema de relaciones interpersonales en las empresas con una elevada dosis de supervisión física y un relato afianzado desde la retórica de algunos mal llamados expertos en recursos humanos en la idea perversa y penalizante del «absentismo emocional y presencial».
La consecuencia: un monolito.
Pero el mercado es diverso, cambiante, no entiende de rigideces legales y organizativas y, sobre todo, reclama organizaciones ágiles… e inteligentes.
¿Cuántas empresas hacen periódicamente una medición objetiva de sus cargas de trabajo? ¿Y cuántas la ponen en relación con sus planes estratégicos de desarrollo? A partir de ahí, ¿cuántas monitorizan individual y colectivamente el rendimiento de sus trabajadores? y ¿cuántas reflexionan sobre cómo podría mejorar dicho rendimiento si se optimizaran las cargas y necesidades de trabajo con los perfiles e intereses de los trabajadores?
Por lo demás, teniendo en cuenta que la jornada, junto con el salario, es una de las condiciones de trabajo consideradas de naturaleza «colectiva», ¿cuál es el papel que están jugando los convenios colectivos en su regulación?, ¿cuál es el interés que está primando, actualmente, en las mesas de negociación cuando se aborda esta cuestión? y ¿cómo se explica que no sea en los convenios colectivos sino en los acuerdos de empresa donde aparece una mayor innovación en esta materia?
Son diversos los estudios que, en los últimos años, han cuantificado los beneficios de tener una buena política en la gestión del tiempo de trabajo en la empresa. Y actualmente son también múltiples los que evidencian el coste de no tener esa política, especialmente en el ámbito de la salud, la calidad de vida y la cohesión social.
Es hora, por tanto, de que abordemos la gestión del tiempo de trabajo de una vez con voluntad de cambio y también de impacto. Nos va en ello nuestra competitividad pero, sobre todo, nos va la vida.
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