La legislación sobre seguridad

Vagos y maleantes 2.0

La 'ley Fernández' es de dudosa constitucionalidad y desborda el límite de los derechos fundamentales

JOAN RIDAO

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La reforma de la llamada ley de la patada en la puerta podía muy bien haber recuperado la denominación de la ley de vagos y maleantes del franquismo, puesto que no se trata solo de una ley de la patada en la boca, como se ha dicho parafraseando el antecedente de la ley Corcuera de 1992 debido al recorte de la libertad de expresión, de reunión o de manifestación. No en vano se trata de una ley que nos retrotrae al orden público, al palo y tentetieso, en lugar de a la «protección de la seguridad ciudadana» como reza su capcioso título. En suma, el proyecto de Fernández Díaz rezuma un autoritarismo pretérito y está pensado para anestesiar la protesta social. Emula las primeras medidas de Sarkozy cuando, so pretexto de combatir el terrorismo y el tráfico de drogas, focalizó toda la insidia punitiva de la República Francesa en las protestas callejeras y llegó a penalizar las reuniones de jóvenes en las escaleras de los edificios.

EL PROYECTO es un auténtico batiburrillo de dudosa constitucionalidad, que desborda los límites de los derechos fundamentales. En él conviven desde las sanciones razonables a los que queman mobiliario público o atentan contra la seguridad vial atacando con láseres a conductores o pilotos, hasta las multas de incluso 30.000 euros a quienes hagan de taxista para llevar a toxicómanos a comprar droga (las llamadas cundas) o las prostitutas que capten clientes en zonas próximas a colegios o cerca de carreteras, otro intento de luchar estérilmente contra la prostitución sin abordar abiertamente el fenómeno en toda su complejidad social. Y la guinda del pastel: el castigo para los que ofendan a España, mientras que en Estados Unidos, tan patriotas ellos, no se castiga ni a los que queman la bandera…

Por lo demás, la propuesta convertirá en falta grave los escraches; la grabación y difusión de imágenes de policías en servicio; las protestas sin permiso ante el Congreso, el Senado, los parlamentos autonómicos y los tribunales; la alteración del orden público con capucha o insultar a un policía en el transcurso de una manifestación, conllevando una sanción de hasta 30.000 euros. Particularmente insólito resulta que Interior amenace con sanciones también de hasta 30.000 euros a quien insulte a un agente cuando esté «velando por el mantenimiento del orden público» en una manifestación, especialmente si se tiene en cuenta que el Código Penal castiga una agresión -¡ya no un insulto!- con multas de menor cuantía.

Además, la restricción de las protestas en torno a los parlamentos se remonta a la Revolución francesa, ciertamente, pero no es una ley administrativa la más adecuada para ponderar las molestias que comporta el derecho de manifestación ante una cámara o, incluso, ante el domicilio de un político. Además, el Código Penal ya castiga la concentración ante un parlamento «si se altera el normal funcionamiento de la ámara».

El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco consideró en abril que los escraches pueden ser una «perturbación desproporcionada», pero asumió también que «el derecho a reunión no puede ser limitado a priori por disposiciones administrativas», de modo que no puede blindarse un perímetro antes de recibir una propuesta de recorrido. El propio fiscal del Estado, Torres Dulce, admitió que no debe «criminalizarse» cualquier reunión o manifestación, y que la fiscalía solo analizaría los escraches con «trascendencia penal». Piénsese, además, que recurrir una multa de estas proporciones ante el contencioso-administrativo puede suponer no menos de 2.000 euros en tasas,  mientras que la vía penal es gratuita. Sin olvidar que, con esta huida del derecho penal y la consiguiente administrativización de la seguridad ciudadana, será el ciudadano el que demuestre su inocencia ante los tribunales y no el Estado.

ES LEGÍTIMO que haya quienes no deseen manifestaciones ni huelgas, como el Gobierno y el PP. Pero entonces deberían plantear un cambio en esa Constitución que mantienen escayolada. Como dice el profesor Manuel Ballbé, la seguridad humana no se protege solo con policía, sino con intangibles como la educación o la integración de la inmigración. Con un paro de más del 25%, puede decirse que el comportamiento social está siendo modélico y que los niveles de criminalidad se mantienen en cotas razonables.

¡Ah!, y recuérdese que el Tribunal Constitucional anuló la patada en la puerta, que permitía a la policía entrar en los domicilios de sospechosos de tráfico de drogas sin orden judicial, por vulnerar la inviolabilidad del domicilio. Durante el año que estuvo en vigor, la policía detuvo a 800 personas que luego fueron absueltas. ¿Vamos a tener que ver lo mismo?