Los lobis de la industria de internet

'Habeas data': la sombra de EEUU

La UE debe reforzar las condicones de transferencia de informacion personal a terceros países

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MARC CARRILLO

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Que internet es una vía de información que proporciona poder político y económico es una realidad incontestable. También lo es que el beneficio que pueden extraer tanto los poderes públicos como las grandes corporaciones empresariales de los datos que circulan en la red, no siempre va acompañado de lo que debería ser esencial, la garantía del derecho fundamental de la persona alhabeas data. Es decir, de su derecho a la autodeterminación informativa que permite a su titular disponer, según la Constitución y con las condiciones establecidas por la ley de los datos que conciernen a su persona. Disponer de los propios datos significa que tanto los poderes públicos como las empresas no pueden impedirle ejercer, entre otros, los derechos de acceso, oposición, rectificación y cancelación sobre su contenido.

INTERNET NO conoce fronteras, por lo que el tratamiento jurídico de los datos no puede quedar limitado a la regulación de un solo Estado. Por esa razón la Unión Europea, que dispone de una legislación al respecto pero que precisa de actualización, se plantea desde finales del 2011 y a propuesta deViviane Reding, la activa vicepresidenta de la Comisión Europea y comisaria de Justicia, Derechos Fundamentales y Ciudadanía, la reforma de dicha regulación. La iniciativa consta de dos textos pendientes de aprobación: un nuevo reglamento de protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de sus datos personales y de la libre circulación de estos datos y una nueva directiva de protección de las personas físicas, respecto al tratamiento de datos personales por parte de las autoridades competentes para fines de prevención, investigación, detección o enjuiciamiento de infracciones penales o de ejecución de sanciones penales, y la libre circulación de dichos datos. Pero el tiempo pasa y esta reforma no ha visto la luz.

Los proyectos de nueva regulación fueron promovidos hace más de un año y medio con el objeto de armonizar las normas de los 28 estados de la Unión en materia dehabeas data. Como recientemente ha señaladoMar Valverde, abogada y experta en la materia, los motivos de la reforma obedecen, por un lado, a que la legislación actual no responde «a todos los retos que plantea la evolución tecnológica y la globalización del tráfico comercial», lo cual crea desconfianza en los usuarios; y por otro, a que «las empresas que llevan a cabo el tratamiento de datos están sometidas a innumerables normas que, algunas de ellas, son discordantes» lo que, entre otros efectos, encarece los costes. En consecuencia, las novedades están dirigidas a facilitar el ejercicio del derecho alhabeas datapor parte de las personas físicas «pero también a estimular la economía y favorecer la libre circulación de datos con fines mercantiles dentro de un marco seguro y respetuoso con los derechos y libertades de los ciudadanos». Pero todo esto se ha ido ralentizando en el seno del Consejo Europeo a causa de las grandes reticencias que ahora muestran Alemania, algunos países escandinavos y el Reino Unido.

Pero no solo son las reservas expresadas por estos estados miembros, sino que sobre todo lo que planea sobre la cuestión son las intensas presiones realizadas por los lobis de empresas norteamericanas y algunas europeas y también del Gobierno de Estados Unidos, que ven en esta regulación un impedimento para sus intereses mercantiles. Esta última circunstancia no debería dejar indiferente a las autoridades europeas de Bruselas, aunque después de comprobar sus tímidas respuestas de protesta, tras conocerse a través delcaso Snowdenla existencia de programas informáticos de espionaje sobre la propia Unión Europea, el asunto no invita al optimismo sobre el éxito de la reforma.

LA CUESTIÓN no es precisamente banal porque internet que es un extraordinario instrumento de información y, a su vez, una plataforma espectacular de negocio, también puede ser una vía para lesión de derechos fundamentales de la persona, no solo en relación a su capacidad de decisión sobre los datos que navegan por la red y que le conciernen sino también, en su caso, sobre aspectos relacionados con su reputación, intimidad o imagen.

Sin olvidar los derechos que afectan a los sectores sociales más vulnerables como la infancia y la juventud. Por esta razón es muy necesaria una regulación europea que, entre otros aspectos, refuerce las condiciones sobre transferencia de datos personales a terceros países u organizaciones internacionales; el acceso de las empresas a dichos datos y el consentimiento del usuario para que sean tratados con fines comerciales o la función de las autoridades reguladoras, sin perjuicio, claro está del control judicial de sus decisiones. ¿Estará la UE a la altura de las circunstancias?