El presidente de RBA pagará 4,8 millones de euros por fraude fiscal

El editor Ricardo Rodrigo admite, en una acuerdo con la fiscalía, haber cometido cuatro delitos contra la Hacienda pública al haber dejado de pagar 2,3 millones de euros entre 2005 y 2008

El editor Ricardo Rodrigo.

El editor Ricardo Rodrigo. / periodico

EL PERIÓDICO / BARCELONA

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La fiscalía y el presidente del grupo editorial RBA, Ricardo Rodrigo, han llegado a un acuerdo por el que el editor acepta haber cometido cuatro delitos contra la Hacienda Pública, penados con cuatro penas de seis meses de prisión y multas de 1.572.453 euros, por haber dejado de pagar a Hacienda 2,3 millones de euros en los años 2005 a 2008, cantidad que ya ingresó en el juzgado el pasado mes de febrero. Junto con casi un millón de euros por intereses de demora, el editor habrá tenido que abonar a Hacienda 4,8 millones de euros.

En el escrito dirigido al juzgado de instrucción número 3 de Barcelona y firmado con la conformidad de todas las partes, se establece que Rodrigo, "en lugar de declarar sus rendimientos del trabajo en su propio IRPF, como resultaba procedente", ubicó la mayor parte de sus rentas en la sociedad H, SA, que "aparentaba realizar una supuesta actividad de 'creación editorial' a favor del grupo RBA". Al mismo tiempo, de las cuentas de esta sociedad se deducían "elevados importes de gastos que en realidad se correspondían a gastos de índole particular" que permitían a Rodrigo mantener "intacta su elevada capacidad de gasto personal", por lo que "el acusado eludía tributar por IRPF las rentas que obtenía".

En su propia declaración de IRPF, el editor solo declaró ingresos por su trabajo en RBA y la empresa CIS, propiedad igualmente del editor y de su familia, 110.888, 131.470, 144.883 y 155,466 euros en los ejercicios de 2005, 2006, 2007 y 2008. Por esas cantidades pagó al erario 4.188, 7.157, 5.805 y 5.221 euros, respectivamente.

SERVICIOS EDITORIALES FICTICIOS

Sin embargo, en paralelo, la sociedad H, SA -propietaria por otra parte de casi un centenar de inmuebles, como la vivienda unifamiliar por la que Rodrigo pagaba un alquiler de 900 euros al mes, con un rendimiento deficitario- presentó en el conjunto de esos cuatro ejercicio ingresos por 20,7 millones de euros, al mismo tiempo que deducía gastos por valor de 13,2 millones de euros, entre los que figuraban "una serie de gastos relacionados con el uso y disfrute de la vivienda, o con gastos de índole personal del acusado y su familia (viajes, ropa, complementos, mantenimientos, personal doméstico, etc.)" por importe de 3.083.642 euros. 

El texto del auto de la fiscalía detalla que los servicios editoriales a RBA eran únicamente los prestados por el propietario del grupo, por lo que en realidad "son los rendimientos del trabajo" de Rodrigo, y los gastos de personal no se correspondían a "personal capacitado para la realización de las actividades facturadas, al tratarse los empleados de H de personas relacionadas exclusivamente con la vivienda o servicios privativos del acusado y su familia (personal de limpieza, cocineras, niñeras, jardineros, chóferes, etc)". 

La conclusión es que la diferencia entre lo que Rodrigo tributó realmente y el importe defraudado implica que dejó de pagar a Hacienda, en cada uno de los años a los que hace referencia la actuación del fiscal, 464.724, 548.506, 651.362 y 655.017 euros (en total, 2,3 millones de euros).

El pasado 7 de febrero, el editor ya ingresó en la cuenta del jugado "la cantidad correspondiente al total importe del perjuicio patrimonial causado al Erario Público", incorporando en ella los intereses por demora, hasta un total de 3.268.084 euros.

La calificación fiscal firmada con conformidad de las partes establece que los hechos constituyen cuatro delitos contra la Hacienda pública cuyo autor es Ricardo Rodrigo y que, tras considerar la atenuante de "reparación del perjuicio causado", suponen penas de seis meses de prisión por cada uno de los delitos, multas que suman 1.575.453 euros y la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones públicas y beneficios o incentivos fiscales durante 18 meses por cada delito, sin que fiscal y abogado del Estado se opongan, al no tener antecedentes penales el editor, "a la concesión al mismo del beneficio de suspensión de ejecución de la pena en los términos que en aquel se convengan". El procedimiento implica que se señale día de juicio y se dicte sentencia de acuerdo con la calificación de los hechos acordada.