SENTENCIA

Ramoncín, absuelto por falta de pruebas

La Audiencia Nacional afirma que el cantante realizó los trabajos para la SGAE que el fiscal cuestiona

El cantante Ramoncín (en el centro), en el banquillo de los acusados durante el juicio que contra él se sigue en la Audiencia Nacional.

El cantante Ramoncín (en el centro), en el banquillo de los acusados durante el juicio que contra él se sigue en la Audiencia Nacional. / EFE / CHEMA MOYA

MARGARITA BATALLAS / MADRID

Por qué confiar en El PeriódicoPor qué confiar en El Periódico Por qué confiar en El Periódico

La Audiencia nacional considera que el cantante José Ramón Márquez, Ramoncín, sí llevó a cabo los trabajos para la Sociedad General de Autores y Editores (SGAE) que el fiscal cuestionó y por los que percibió 57.402 euros entre septiembre del 2008 y marzo del 2011, por lo que ha sido absuelto de los delitos de apropiación indebida y falsedad. Los jueces también han exonerado por falta de pruebas a los otros tres exdirectivos de la SGAE acusados.

Los magistrados detallan en su sentencia los trabajos que la fiscalía puso en tela de juicio. En el 2008, vendió a Portal Latino, creado por José Luis Rodríguez Neri (otro de los acusados) el formato televisivo 'El creador', por el que percibió 10.100 euros (los jueces señalan que es irrelevante "que se llevara a cabo la producción del mismo" o no). También cobró 5.880 euros por un proyecto de "caja fuerte virtual" para defender los derechos de autor y evitar las descargas ilegales de música que no llegó a buen fin. Asimismo, el cantante llevó a cabo un estudio, por el que facturó 6.962 euros, sobre la imagen de la SGAE en los ayuntamientos y sobre la relación de la entidad con los jóvenes. Ramoncín percibió otros 16.520 euros por un programa concurso llamado 'Hablamos el mismo idioma', y cobró 6.490 euros en concepto de adelanto de una indemnización del Tribunal Supremo por un pleito de intromisión al honor.

LOS ARGUMENTOS

Los jueces sostienen que el cantante, "al margen de sus necesidades financieras", realizó y "entregó" los trabajos por los que se le pagó. La sentencia recoge las declaraciones de varios testigos que afirmaron en el juicio que conocían "los proyectos ofertados, que eran interesantes y que no los compraron" por motivos económicos. También señalan que el fiscal no ha aportado pruebas suficientes "para descartar otras razonables versiones" y que las que ha presentado "dejan un margen de duda razonable y suficiente sobre la verdadera intención y participación en los hechos". Por estos motivos, absuelven a Ramoncín y Neri, a los que el fiscal pedía cuatro años y 10 meses de cárcel, y a los excargos de la SGAE Pablo Hernández y Enrique Loras.